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11001-03-15-000-2020-03070-00Consejo de Estado · SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ESPECIAL DE DECISIÓN No. 6Auto2020-07-10

Ponente: Carlos Enrique Moreno Rubio

Actor: Contaduría General De La Nación·Demandado: Resolución 093 De Mayo 8 De 2020

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD – Remite para acumulación [L]a Resolución 093 de mayo 8 de 2020 es un acto posterior a la Resolución 077 de marzo 19 de 2020, que suspendió inicialmente los términos de todas las actuaciones a cargo de la Contaduría General de la Nación, debido a la declaratoria de la emergencia sanitaria y del estado de excepción originado por el coronavirus COVID-19, por lo cual guarda relación directa con la adopción de esa medida.

Como quiera que el control inmediato de legalidad de las resoluciones 077 y 080 de 2020 correspondió al magistrado Roberto Augusto Serrato Valdés, con número de radicación 11001-03-15-000-2020-00945- 00, se ordenará la remisión del expediente para que sea estudiada la posible acumulación dado que esos actos contienen las medidas iniciales que después fueron prorrogadas por la Resolución 093 de mayo 8 de 2020.

CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ESPECIAL DE DECISIÓN No. 6 Consejero ponente: CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO Bogotá, D.C., diez (10) de julio de dos mil veinte (2020) Radicación número: 11001-03-15-000-2020-03070-00 Actor: CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Demandado: RESOLUCIÓN 093 DE MAYO 8 DE 2020 Referencia: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD AUTO Estando el asunto para decidir si es avocado el conocimiento de la Resolución 093 de mayo 8 de 2020 de la Contaduría General de la Nación para el control inmediato de legalidad, observa el Despacho que dicho acto administrativo prorrogó la suspensión general de términos de las actuaciones que adelanta el organismo dispuesta desde marzo 19 del año en curso.

La revisión de la Resolución 093 de mayo 8 de 2020 permite advertir que mediante Resolución 077 de marzo 19 del presente año, el contador general de la Nación suspendió de manera general los términos de todas las actuaciones que deben llevarse a cabo en la entidad, desde el 19 de marzo y hasta el 16 de abril de 2020, especialmente en lo que corresponde a los procesos disciplinarios tanto de primera como de segunda instancia, recursos en los procedimientos administrativos, trámites a cargo de los diferentes grupos internos de trabajo, subcontadurías, secretaría general y despacho del contador general, con motivo de la emergencia sanitaria decretada por el Ministerio de Salud y la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por el presidente de la República por la pandemia del coronavirus COVID-19.

El citado acto fue modificado por la Resolución 080 de abril 1º de 2020 y la medida de suspensión de términos fue prorrogada posterior y sucesivamente por el funcionario a través de las resoluciones 082 de abril 16 y 088 de abril 26 del presente año, hasta el 11 de mayo de 2020. Es claro que la Resolución 093 de mayo 8 de 2020 es un acto posterior a la Resolución 077 de marzo 19 de 2020, que suspendió inicialmente los términos de todas las actuaciones a cargo de la Contaduría General de la Nación, debido a la declaratoria de la emergencia sanitaria y del estado de excepción originado por el coronavirus COVID-19, por lo cual guarda relación directa con la adopción de esa medida.

Como quiera que el control inmediato de legalidad de las resoluciones 077 y 080 de 2020 correspondió al magistrado Roberto Augusto Serrato Valdés, con número de radicación 11001-03-15-000-2020-00945-00, se ordenará la remisión del expediente para que sea estudiada la posible acumulación dado que esos actos contienen las medidas iniciales que después fueron prorrogadas por la Resolución 093 de mayo 8 de 2020.

El conocimiento de tales actos fue avocado mediante auto de abril 3 del presente año y actualmente el proceso está en trámite. Con base en lo anterior, el Despacho RESUELVE Por secretaría general remítase el expediente de la referencia al despacho del magistrado Roberto Augusto Serrato Valdés para la posible acumulación con el expediente 11001-03-15-000-2020-00945-00, correspondiente al control inmediato de legalidad de las resoluciones 077 de marzo 19 y 080 de abril 1º de 2020 expedidas por la Contaduría General de la Nación. CÚMPLASE CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO Magistrado