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11001-03-15-000-2020-02865-00Consejo de Estado · SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ESPECIAL DE DECISIÓN No. 6Auto2020-07-01

Ponente: Carlos Enrique Moreno Rubio

Actor: Empresa Industrial Y Comercial Del Estado Administradora Del Monopolio Rentístico De Los Juegos De Suerte Y Azar - Coljuegos·Demandado: Resolución 20201200009804 De 16 De Junio De 2020

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD – Remite para acumulación Estando el asunto para decidir si es avocado el conocimiento de la Resolución 20201200009804 de junio 16 de 2020 de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (COLJUEGOS) para el control inmediato de legalidad, observa el Despacho que (…) mediante Resolución 20201200007894 de marzo 19 del presente año, el presidente de COLJUEGOS suspendió los términos de las actuaciones administrativas sancionatorias, los procesos de cobro, las actuaciones disciplinarias y de las audiencias por incumplimiento contractual, al igual que los contratos de concesión, (…), en virtud del estado de emergencia sanitaria decretada por el Ministerio de Salud y de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por el presidente de la República por la pandemia del coronavirus COVID-19.

La citada medida fue prorrogada posterior y sucesivamente por el funcionario a través de las resoluciones 20201200008314 de abril 15, 20201200008584 de abril 27, 20201200009064 de mayo 13, 20201200009264 de mayo 22, 20201200009304 de mayo 29, 20201200009434 de junio 8 y ahora por la Resolución 20201200009804 de junio 16 del año en curso, hasta el 1º de julio de 2020.

Es claro que la Resolución 20201200009804 de junio 16 de 2020 es un acto posterior a la Resolución 20201200007894 de marzo 19 de 2020. (…). Como quiera que por reparto (…), el control inmediato de legalidad de la Resolución 20201200007894 de marzo 19 de 2020 de COLJUEGOS correspondió al magistrado César Palomino Cortés, con número de radicación 11001-03-15-000-2020-01719- 00, se ordenará la remisión del expediente para que sea estudiada la posible acumulación dado que este acto contiene las medidas iniciales que luego fueron prorrogadas por la Resolución 20201200009804 de junio 16 de 2020.

CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ESPECIAL DE DECISIÓN No. 6 Consejero ponente: CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO Bogotá, D.C., primero (1) de julio de dos mil veinte (2020) Radicación número: 11001-03-15-000-2020-02865-00 Actor: EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO ADMINISTRADORA DEL MONOPOLIO RENTÍSTICO DE LOS JUEGOS DE SUERTE Y AZAR - COLJUEGOS Demandado: RESOLUCIÓN 20201200009804 DE 16 DE JUNIO DE 2020 Referencia: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD AUTO Estando el asunto para decidir si es avocado el conocimiento de la Resolución 20201200009804 de junio 16 de 2020 de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (COLJUEGOS) para el control inmediato de legalidad, observa el Despacho que dicho acto prorrogó la suspensión de términos de las actuaciones que adelanta el organismo dispuesta desde marzo 19 del año en curso.

La revisión de la Resolución 20201200009804 de junio 16 de 2020 permite advertir que mediante Resolución 20201200007894 de marzo 19 del presente año, el presidente de COLJUEGOS suspendió los términos de las actuaciones administrativas sancionatorias, los procesos de cobro, las actuaciones disciplinarias y de las audiencias por incumplimiento contractual, al igual que los contratos de concesión, a partir del 20 de marzo y hasta el 15 de abril de 2020, en virtud del estado de emergencia sanitaria decretada por el Ministerio de Salud y de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por el presidente de la República por la pandemia del coronavirus COVID-19.

La citada medida fue prorrogada posterior y sucesivamente por el funcionario a través de las resoluciones 20201200008314 de abril 15, 20201200008584 de abril 27, 20201200009064 de mayo 13, 20201200009264 de mayo 22, 20201200009304 de mayo 29, 20201200009434 de junio 8 y ahora por la Resolución 20201200009804 de junio 16 del año en curso, hasta el 1º de julio de 2020.

Es claro que la Resolución 20201200009804 de junio 16 de 2020 es un acto posterior a la Resolución 20201200007894 de marzo 19 de 2020, que suspendió inicialmente los términos de las actuaciones sancionatorias, los procesos de cobro, las actuaciones disciplinarias y las audiencias por incumplimiento contractual, al igual que los contratos de concesión, con motivo de la declaratoria de la emergencia sanitaria y del estado de excepción originado por el coronavirus COVID-19, por lo cual guarda relación directa con la adopción de esas medidas.

Como quiera que por reparto de mayo 6 del año en curso, hecho por la secretaría general de esta corporación, el control inmediato de legalidad de la Resolución 20201200007894 de marzo 19 de 2020 de COLJUEGOS correspondió al magistrado César Palomino Cortés, con número de radicación 11001-03-15-000-2020-01719-00, se ordenará la remisión del expediente para que sea estudiada la posible acumulación dado que este acto contiene las medidas iniciales que luego fueron prorrogadas por la Resolución 20201200009804 de junio 16 de 2020.

El conocimiento del primero de los actos referidos fue avocado mediante auto de mayo 7 del presente año y actualmente el proceso está en trámite. Con base en lo anterior, el Despacho RESUELVE Por secretaría general remítase el expediente de la referencia al despacho del magistrado César Palomino Cortés para la posible acumulación con el expediente 11001-03-15-000-2020-01719-00, correspondiente al control inmediato de legalidad de la Resolución 20201200007894 de marzo 19 de 2020 expedida por el presidente de COLJUEGOS.

CÚMPLASE CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO Magistrado