CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD / IMPROCEDENCIA DEL CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD / ACTO ADMINISTRATIVO / INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI / MEDIDAS ADMINISTRATIVAS DEL GOBIERNO / SUSPENSIÓN DEL PROCESO DISCIPLINARIO / EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO – Cesación / CARENCIA ACTUAL DE OBJETO DEL CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD / NO AVOCA Procede el Despacho a pronunciarse sobre la admisión del control inmediato de legalidad de la Resolución 1355 (…) de 2020 suscrita por la Directora General del Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC “Por la cual se suspenden los términos en las actuaciones disciplinarias adelantadas por el Grupo Formal de Trabajo de Control Interno Disciplinario del Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC” y en la medida de que la misma surtió efectos jurídicos hasta el pasado 12 de abril de 2020, tal circunstancia es suficiente para concluir que no es procedente adelantar el control inmediato de legalidad.
NORMA DEMANDADA: RESOLUCIÓN 1355 DE 2020 (20 de marzo) INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Consejero ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., catorce (14) de abril de dos mil veinte (2020) Radicación número: 11001-03-15-000-2020-01044-00 Actor: INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI Demandado: RESOLUCIÓN 1355 DE 20 DE MARZO DE 2020 Referencia: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD AUTO Procede el Despacho a pronunciarse sobre la admisión del control inmediato de legalidad de la Resolución 1355 de 20 de marzo de 2020 suscrita por la Directora General del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC “Por la cual se suspenden los términos en las actuaciones disciplinarias adelantadas por el Grupo Formal de Trabajo de Control Interno Disciplinario del Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC” y en la medida de que la misma surtió efectos jurídicos hasta el pasado 12 de abril de 2020, tal circunstancia es suficiente para concluir que no es procedente adelantar el control inmediato de legalidad.
En mérito de lo expuesto, el despacho:
RESUELVE
PRIMERO: NO ADMITIR el trámite de Control Inmediato de Legalidad sobre la Resolución No. 1355 de 2020 expedida por la Directora General del Instituto Geográfico Agustín Codazzi.
SEGUNDO: NOTIFICAR al señora Directora General del Instituto Geográfico Agustín Codazzi la presente providencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado