Micelio
08001-23-33-000-2014-01045-02Consejo de Estado · SECCION TERCERAAuto2019-07-10

Ponente: Martín Bermúdez Muñoz

Actor: Zoila Franco De Ojeda Y Otros·Demandado: Departamento De Atlántico Y Otros

MEDIO DE CONTROL DE REPARACIÓN DIRECTA / INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN / SUSTENTACIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN / EXTEMPORANEIDAD DEL RECURSO DE APELACIÓN De conformidad con el artículo 247 del C.P.A.C.A., el recurso debe interponerse y sustentarse ante quien profirió la providencia dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de manera que el despacho rechazará la apelación por extemporánea.

FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 247 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Consejero ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá, D.C., diez (10) de julio de dos mil diecinueve (2019) Radicación número: 08001-23-33-000-2014-01045-02(62409) Actor: ZOILA FRANCO DE OJEDA Y OTROS Demandado: DEPARTAMENTO DE ATLÁNTICO Y OTROS Referencia: MEDIO DE CONTROL DE REPARACIÓN DIRECTA - LEY 1437 DE 2011 AUTO El 21 de junio del 2019, mediante memorial visible a folios 657 a 700 del cuaderno principal, el apoderado de la parte actora presenta recurso de apelación contra la sentencia del 15 de mayo de 2018, notificada mediante correo electrónico el 8 de agosto de 2019.

De conformidad con el artículo 247 del C.P.A.C.A., el recurso debe interponerse y sustentarse ante quien profirió la providencia dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de manera que el despacho rechazará la apelación por extemporánea. En consecuencia, el despacho RESUELVE:

PRIMERO: RECHAZAR el recurso de apelación presentado por la parte actora el 21 de junio de 2019 visible a folios 657 a 700 del cuaderno principal.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado AMGG/3C