ACUMULACIÓN DE PROCESOS / PROCEDENCIA DE LA ACUMULACIÓN DE PROCESOS Teniendo en cuenta que, los procesos antes descritos, esto es, el 11001-03- 15-000-2020-01768-00, y el 11001-03-15-000-2020-01877-00 tienen un único propósito, que la Corporación realice el Control Automático de Legalidad de la resolución No. 100-03-30-99-0445 del dieciséis (16) de abril de dos mil veinte (2020), proferida por la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Urabá-Corpouraba-, por la que “se determinan medidas administrativas para atender la contingencia generada por el COVID-19”.
(…) Resuelve (…) unifíquese el trámite de Control Automático de Legalidad respecto de la resolución No. 100-03-30-99-0445 del dieciséis (16) de abril de dos mil veinte (2020), proferida por la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Urabá-Corpouraba-, por la que “se determinan medidas administrativas para atender la contingencia generada por el COVID-19”, en el expediente radicado bajo el número 11001-03-15-000-2020-01768-00, dejado las constancias que sean necesarias en el expediente 11001-03-15-000-2020-01877- 00.
NORMA DEMANDADA: RESOLUCIÓN NO. 100-03-30-99-0445 DEL 16 DE ABRIL DE 2020 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Consejero ponente: JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Bogotá D.C., diecinueve (19) de mayo de dos mil veinte (2020) Radicación número: 11001-03-15-000-2020-01877-00(CA)A Actor: CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL URABÁ-CORPOURABA Demandado: RESOLUCIÓN NO. 100-03-30-99-0445 DEL DIECISÉIS (16) DE ABRIL DE DOS MIL VEINTE (2020) Referencia: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD Tipo de providencia: Auto que unifica el trámite de Control Inmediato de Legalidad al adelantado en el exp.
(2020-1768) El magistrado sustanciador procede ordenar la unificación del trámite del Control Inmediato de Legalidad de la resolución No. 100-03-30-99-0445 del dieciséis (16) de abril de dos mil veinte (2020), proferida por la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Urabá-Corpouraba-. 1. Consideraciones El Despacho a través del auto proferido el 12 de mayo de 2020, en el expediente con número de radicado 11001-03-15-000-2020-01768-00, avocó conocimiento con fines de control de legalidad de la resolución No. 100-03- 30-99-0445 del dieciséis (16) de abril de dos mil veinte (2020), proferida por la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Urabá-Corpouraba-, por la que “se determinan medidas administrativas para atender la contingencia generada por el COVID-19”.
El proceso de la referencia (2020-1877), fue radicado el 12 de mayo de 2020, también con el propósito de que la resolución No. 100-03-30-99-0445 del dieciséis (16) de abril de dos mil veinte (2020) proferida por la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Urabá-Corpouraba-, sea sometida a Control Inmediato de Legalidad por parte del Consejo de Estado.
Teniendo en cuenta que, los procesos antes descritos, esto es, el 11001-03- 15-000-2020-01768-00, y el 11001-03-15-000-2020-01877-00 tienen un único propósito, que la Corporación realice el Control Automático de Legalidad de la resolución No. 100-03-30-99-0445 del dieciséis (16) de abril de dos mil veinte (2020), proferida por la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Urabá-Corpouraba-, por la que “se determinan medidas administrativas para atender la contingencia generada por el COVID-19”.
RESUELVE. Unifíquese el trámite de Control Automático de Legalidad respecto de la resolución No. 100-03-30-99-0445 del dieciséis (16) de abril de dos mil veinte (2020), proferida por la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Urabá-Corpouraba-, por la que “se determinan medidas administrativas para atender la contingencia generada por el COVID-19”, en el expediente radicado bajo el número 11001-03-15-000-2020-01768-00, dejado las constancias que sean necesarias en el expediente 11001-03-15-000-2020-01877- 00.
Cúmplase, JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Magistrado