Micelio
11001-03-15-000-2020-02512-00Consejo de Estado · SALA ESPECIAL DE DECISIÓN VEINTISÉISAuto2020-06-16

Ponente: Guillermo Sánchez Luque

Actor: Dirección De Impuestos Y Aduanas Nacionales - Dian·Demandado: Resolución 000043 De 05 De Mayo De 2020

RESOLUCIÓN 000043 DE 05 DE MAYO DE 2020 - Avoca conocimiento CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Competencia / ACTO ADMINISTRATIVO GENERAL QUE DESARROLLA DECRETOS LEGISLATIVOS / DECLARACIÓN DE URGENCIA MANIFIESTA / RESOLUCIÓN 000043 DE 05 DE MAYO DE 2020 - Avoca control inmediato de legalidad Como la Resolución n°. 000043 del 5 de mayo de 2020 es un acto administrativo general, expedido en desarrollo del artículo 7 del Decreto Legislativo n°. 537 de 2020, que prevé que, a raíz de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, se entiende configurado el supuesto de hecho que da lugar a la declaratoria de la urgencia manifiesta para efectos de la celebración de contratos estatales, conforme al artículo 42 de la Ley 80 de 1993, se avocará el conocimiento del control inmediato de legalidad.

En consecuencia, de conformidad con los con los artículos 107.3, 111.8 y 185, núm. 1 al 5, del CPACA, el artículo 29.3 del Acuerdo 080 de 2019 y lo dispuesto por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo en sesión n°. 10 del 1 de abril de 2020. FUENTE FORMAL: LEY 80 DE 1993 - ARTÍCULO 42 / LEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 107 NUMERAL 3 / LEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 111 NUMERAL 8 / LEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 185 / ACUERDO 080 DE 2019 - ARTÍCULO 29 NUMERAL 3 CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Aviso para intervención ciudadana FÍJESE, por Secretaría, un aviso sobre la existencia de este trámite e INFÓRMESE que, dentro de los diez (10) días siguientes a su publicación, cualquier ciudadano podrá intervenir por escrito para defender o impugnar la legalidad del acto sujeto a control, a través del correo electrónico dispuesto para el efecto.

PUBLÍQUESE el aviso en la página web del Consejo de Estado.

COMUNÍQUESE esta decisión a la Contraloría General de la República y a la Agencia para la Defensa Jurídica del Estado. A estas entidades REMÍTASELES copia de esta providencia y del acto sujeto a control. CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Invitación a instituciones académicas y agremiaciones para que presenten concepto INVÍTASE al señor Decano y a la Directora de la Especialización en Contratación Estatal de la Facultad de Jurisprudencia del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario.

Asimismo, a la señora Decana y al Director de la Especialización en Gestión Pública e Instituciones Administrativas de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, a la señora Decana y a la Directora de Posgrados de la Facultad de Derecho de la Universidad Javeriana, a la señora Decana y al Director del Departamento de Derecho Fiscal de la Facultad de Derecho de la Universidad Externado y al señor Decano y al Director del Departamento de Derecho de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional de Colombia para que, si a bien lo tienen, presenten un concepto sobre los aspectos que estimen relevantes para la elaboración del proyecto de fallo.

Con el mismo propósito, INVÍTASE a la Academia Colombiana de Jurisprudencia y al Instituto Colombiano de Derecho Tributario-ICDT, a través de su presidente o director. INFÓRMESE que el concepto se podrá entregar en el término de diez (10) días.

COMUNÍQUESE esta providencia y ADJÚNTESE copia del acto remitido para el control inmediato de legalidad. CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Solicitud de antecedentes administrativos SOLICÍTASE a la DIAN que remita copia firmada de la Resolución n°. 000043 del 5 de mayo de 2020 y los antecedentes administrativos, si los hubiere. Asimismo, que certifique la fecha y mecanismo de publicidad de la resolución. Término diez (10) días.

NORMA DEMANDADA: RESOLUCIÓN 000043 DE 05 DE MAYO DE 2020 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ESPECIAL DE DECISIÓN VEINTISÉIS Consejero ponente: GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE Bogotá, D.C., dieciséis (16) de junio de dos mil veinte (2020) Radicación número: 11001-03-15-000-2020-02512-00(CA)A Actor: DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN Demandado: RESOLUCIÓN 000043 DE 05 DE MAYO DE 2020 Referencia: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD (AUTO) CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD-El Consejo de Estado avoca conocimiento para controlar un acto de una autoridad nacional que desarrolla un decreto legislativo.

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD-Aviso para intervención ciudadana. CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD-Invitación a instituciones académicas para que presenten concepto. CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD- Solicitud de antecedentes administrativos y certificación de publicidad del acto. El 5 de mayo de 2020, la DIAN expidió la Resolución n°. 000043 que declaró la urgencia manifiesta en esa entidad para habilitar la contratación directa de bienes, servicios y obras durante la vigencia de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social.

La resolución se fundamentó en el Decreto Legislativo n°. 537 de 2020. El 9 de junio siguiente, la DIAN remitió al Consejo de Estado esa resolución para el control inmediato de legalidad previsto en el artículo 136 del CPACA. La Secretaría General de la Corporación radicó el asunto la fecha en que lo recibió y lo pasó al Despacho para su trámite.

Como la Resolución n°. 000043 del 5 de mayo de 2020 es un acto administrativo general, expedido en desarrollo del artículo 7 del Decreto Legislativo n°. 537 de 2020, que prevé que, a raíz de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, se entiende configurado el supuesto de hecho que da lugar a la declaratoria de la urgencia manifiesta para efectos de la celebración de contratos estatales, conforme al artículo 42 de la Ley 80 de 1993, se avocará el conocimiento del control inmediato de legalidad.

En consecuencia, de conformidad con los con los artículos 107.3, 111.8 y 185, núm. 1 al 5, del CPACA, el artículo 29.3 del Acuerdo 080 de 2019 y lo dispuesto por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo en sesión n°. 10 del 1 de abril de 2020, se resuelve: 1. AVÓCASE el conocimiento del control inmediato de legalidad de Resolución n°. 000043 del 5 de mayo de 2020, expedida por la DIAN, según lo expuesto en la motivación de esta providencia. 2.

FÍJESE, por Secretaría, un aviso sobre la existencia de este trámite e INFÓRMESE que, dentro de los diez (10) días siguientes a su publicación, cualquier ciudadano podrá intervenir por escrito para defender o impugnar la legalidad del acto sujeto a control, a través del correo electrónico dispuesto para el efecto. PUBLÍQUESE el aviso en la página web del Consejo de Estado.

COMUNÍQUESE esta decisión a la Contraloría General de la República y a la Agencia para la Defensa Jurídica del Estado. A estas entidades REMÍTASELES copia de esta providencia y del acto sujeto a control. 3. INVÍTASE al señor Decano y a la Directora de la Especialización en Contratación Estatal de la Facultad de Jurisprudencia del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario.

Asimismo, a la señora Decana y al Director de la Especialización en Gestión Pública e Instituciones Administrativas de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, a la señora Decana y a la Directora de Posgrados de la Facultad de Derecho de la Universidad Javeriana, a la señora Decana y al Director del Departamento de Derecho Fiscal de la Facultad de Derecho de la Universidad Externado y al señor Decano y al Director del Departamento de Derecho de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional de Colombia para que, si a bien lo tienen, presenten un concepto sobre los aspectos que estimen relevantes para la elaboración del proyecto de fallo.

Con el mismo propósito, INVÍTASE a la Academia Colombiana de Jurisprudencia y al Instituto Colombiano de Derecho Tributario-ICDT, a través de su presidente o director. INFÓRMESE que el concepto se podrá entregar en el término de diez (10) días.

COMUNÍQUESE esta providencia y ADJÚNTESE copia del acto remitido para el control inmediato de legalidad. 4. SOLICÍTASE a la DIAN que remita copia firmada de la Resolución n°. 000043 del 5 de mayo de 2020 y los antecedentes administrativos, si los hubiere. Asimismo, que certifique la fecha y mecanismo de publicidad de la resolución. Término diez (10) días. 5.

Cumplido lo anterior, REMÍTASE el expediente al agente del Ministerio Público para que, dentro de los diez (10) días siguientes, rinda concepto.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE [pic] GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE EDF/MAR/1C digital