- Síntesis
- CIRCULAR 01 - 32020-000071 DE 21 DE ABRIL DE 2020 - Amplió el calendario para la convocatoria del Sistema General de Estímulos fijado en la Circular 01-03-2020-000051 de 2020Por reparto que realizara la Secretaría General del Consejo de Estado, correspondió a este Despacho el conocimiento del control inmediato de legalidad de la Circular No. 013-2020-000071 dictada el veintiuno (21) de abril de dos mil veinte (2020), por el Servicio Nacional de Aprendizaje- SENA, en la que se informa que “se amplía el calendario para la convocatoria del Sistema General de Estímulos para el segundo semestre de 2020, abierta mediante la circular 01-03-2020-000051 de 2020”, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. Dicho acto administrativo, dentro de sus fundamentos, indicó que la citada entidad, con ocasión de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, tendiente a evitar la propagación del COVID 19, emitió las Circulares N° 01-2020-000049, sobre prevención, manejo atención y control de COVID -19; 01-2020000050 sobre medidas para contención del COVID -19; 01-2020-000055 medidas para el funcionamiento del SENA en el aislamiento preventivo obligatorio decretado por el Gobierno y, en especial la Circular 01-2020-000061 con nuevos lineamientos en el SENA por el Decreto de Estado de Emergencia, Social y Económica. La Circular Circular No. 01-3-2020-000071 dictada el veintiuno (21) de abril de dos mil veinte (2020), dispuso ampliar el calendario para la convocatoria del Sistema General de Estímulos para el segundo semestre de 2020.CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Auto que unifica trámite de dos procesos / ACUMULACIÓN DE PROCESOS / REMITE PARA ACUMULACIÓN - Ante evidente relación existente entre los actos administrativosEste Despacho, una vez revisado el portal Web de Consulta de Procesos de la Rama Judicial , encontró que el trámite de control inmediato de legalidad de la Circular 012020-000061 que fue expedida ya en virtud de la declaratoria del Estado de Emergencia, Social y Económica, fue adelantada en el expediente 11001-03-15-0002020-01280-00, el cual fue asignado al Consejero de Estado, doctor Gabriel Valbuena Hernández, quien dictó auto de 23 de abril de 2020, en el que decidió avocar el conocimiento del asunto. Decisión que mantuvo al resolver el recurso de reposición que presentara el Ministerio Público. En atención a la evidente relación existente entre los actos administrativos precitados se considera procedente la remisión de este expediente para su eventual acumulación al proceso 11001-03-15-000-2020-01280-00 con la finalidad de que el control inmediato de legalidad que trata el artículo 136 del CPACA se lleve a cabo en forma integral y conjunta frente a las citadas resoluciones.