Radicado: 11001-03-15-000-2023-00178-00 Demandante: Corporación Orgullo Santandereano. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: MILTON CHAVES GARCÍA Bogotá D.C., veinte (20) de enero de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-00178-00 Demandante: CORPORACIÓN ORGULLO SANTANDEREANO Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER Y OTRO AUTO – ADMITE Por reunir los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 1° del Decreto 1382 de 2000, se dispone: 1.
Admitir la demanda interpuesta por el representante legal de la Corporación Orgullo Santandereano contra el Tribunal Administrativo de Santander y el Juzgado Once Administrativo Oral de Bucaramanga. 2. Notificar el presente auto al demandante, a los demandados y a al Instituto Departamental de Recreación y Deporte -Intersantander, como tercero interesado en el resultado del proceso a quienes se les remitirá copia de la demanda.
Así mismo, Publicar en la página web del Consejo de Estado esta providencia para el conocimiento de todos los terceros interesados. 3. Notificar a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 610 del Código General del Proceso. La notificación se deberá hacer por vía electrónica y por buzón, de manera que no se enviará documento alguno en papel.
Informar que el expediente queda a su disposición por si desea revisarlo. 4. Informar a los demandados y al tercero con interés que en el término de dos (2) días y por el medio más expedito pueden rendir informe sobre los hechos objeto de la presente acción. Los escritos se pueden presentar al correo secgeneral@consejodeestado.gov.co 5.
Oficiar al Juzgado Once Administrativo Oral de Bucaramanga, para que en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación del presente auto, allegue copia a través de medio magnético, el proceso ejecutivo con radicado 68001-33-33-011-2019-00334-00, demandante: Corporación Orgullo Santandereano. Al correo secgeneral@consejodeestado.gov.co 6.
Requerir a la parte accionante para que allegue todas las piezas procesales que sustenten su petición al correo: secgeneral@consejodeestado.gov.co Radicado: 11001-03-15-000-2023-00178-00 Demandante: Corporación Orgullo Santandereano. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente.
Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador 2 7. Suspender los términos de la presente acción de tutela hasta que se allegue copia del expediente solicitado. Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MILTON CHAVES GARCÍA