1 Radicado: 11001 03 15 000 2025 04571 00 Demandante: Juan Carlos Upegui Vanegas Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA QUINCE ESPECIAL DE DECISIÓN Bogotá, D.C., once (11) de junio de dos mil veintiséis (2026) Expediente: 11001 03 15 000 2025 04571 00 Demandante: Juan Carlos Upegui Vanegas Demandado: Procuraduría General de la Nación Acción: Recurso Extraordinario de Revisión De conformidad con lo dispuesto por el segundo inciso del artículo 238F de la Ley 1952 de 2019 (adicionado por el artículo 59 de la ley 2094 de 2021), se abre a pruebas el presente proceso y, en consecuencia, se ordena tener como tales las siguientes: De la parte demandante: 1.
Nada se dispone por cuanto la parte demandante no formuló petición alguna en este sentido. De la parte demandada: 2. En los términos y con el valor que corresponda de acuerdo con la Ley, téngase como prueba el expediente E-2024-001165 de conocimiento de la Procuraduría General de la Nación, aportado con la remisión del Recurso Extraordinario de Revisión, visible en el índice 00002 de SAMAI.
Notifíquese y cúmplase, PABLO ANDRÉS CÓRDOBA ACOSTA Consejero de Estado El presente auto fue firmado electrónicamente por el Consejero en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad y conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.