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15001233300020200236701Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2023-09-07

Radicación interna: 70330 · LEY 1437 REPARACION DIRECTA

Ponente: Fredy Hernando Ibarra Martínez

Actor: Miguel Andres Rivera Piedra, Nohora Alba Rivera Piedra, Nadia Fernanda Rivera Piedra, Denny Melisa Rivera Piedra, Jose Obeimar Quipo Muñoz, Virginia Piedra, Maria Juana Rivera Piedra, Astrid Natalia Rivera Pineda, Maria Adelaida Rivera Piedra, Maria Virginia Rivera Piedra·Demandado: -Ejército Nacional, Ministerio De Defensa Nacional

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: Fredy Ibarra Martínez Referencia: Acción de reparación directa Radicación: 15001-33-33-000-2020-02367 01 (70330) Demandante: Astrid Natalia Rivera Piedra y otros Demandado: Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata Comparto la decisión porque la muerte de Marlon Neptalí, quien prestaba servicio militar obligatorio, es imputable a la entidad demanda.

Sin embargo, estimo que, como lo determinó la sentencia de primera instancia y como quedó demostrado, el título de imputación aplicable era el de falla del servicio. La postura del ponente de la decisión asume que existe un vínculo necesario entre los supuestos de hecho y los títulos de imputación. Así, por ejemplo, considera que, los eventos en que se demanda por daños sufridos por conscriptos siempre deben estudiarse bajo el régimen objetivo de daño especial.

Esto es un error, porque, como ha sostenido reiteradamente el Consejo de Estado, nada obsta para que, en las hipótesis que normalmente se juzgan bajo regímenes objetivos, se declare la falla del servicio, si se encuentra demostrado el actuar irregular de la administración —en este caso en lo relativo a la evaluación de ingreso dados los antecedentes personales de la víctima directa—.

Además, la falla del servicio pone de presente la actuación irregular de la entidad y puede tener un efecto pedagógico para que adecúe sus prácticas y no repita sus errores. Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA Magistrado