Radicado: 11001-03-15-000-2023-02058-00 Demandante: Rosa María Córdoba Córdoba Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, veintinueve (29) de mayo de dos mil veintitrés (2023) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2023-02058-00 Demandante ROSA MARÍA CÓRDOBA CÓRDOBA Demandado TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CHOCÓ ASUNTO AUTO QUE ADMITE DEMANDA DE TUTELA Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone: 1.
Admitir la demanda presentada por la señora Rosa María Córdoba Córdoba, quien actúa a través de apoderado judicial, contra el Tribunal Administrativo del Chocó, magistrada Norma Moreno Mosquera, o quien haga sus veces. 2. En calidad de parte demandada, notificar al Tribunal Administrativo del Chocó, magistrada Norma Moreno Mosquera, o quien haga sus veces, entregándole copia de la demanda, de los anexos y del escrito de subsanación. 3.
En calidad de tercero, notificar al Ministerio de Defensa, Policía Nacional, Área de Sanidad, quien es demandado en el proceso Nro. 27001-33-33-003- 2019-00244-00/01, entregándole copia de la demanda, del escrito de subsanación y de los anexos. 4. Solicitar al despacho de la magistrada Norma Moreno Mosquera, o quien haga sus veces, en donde se encuentra el expediente Nro. 27001-33-33-003- 2019-00244-01, para que, de manera completa allegue informe con el listado de procesos que están pendientes de trámite y el turno en el que se encuentra el mencionado proceso. 5.
Notificar el presente auto a las partes y al tercero vinculado. Para tal efecto, remítaseles copia de la acción, de los anexos, del escrito de subsanación y de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que lo consideren pertinente y necesario. 6. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda. 7.
Reconocer al abogado Luis Carlos Lloreda Mosquera como apoderado judicial de la parte demandante, en los términos del poder conferido (Samai, índice 8). Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO