Micelio
11001031500020230015000Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2023-01-16

Radicación interna: 193 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Instituto Internacional De Estudios Anticorrupcion·Demandado: Consejo Superior De La Judicatura

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., dieciocho (18) de enero de dos mil veintitrés (2022) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-00150-00 Accionante: Instituto Internacional de Estudios Anticorrupción Accionados: Consejo Superior de la Judicatura Tema: Acción de tutela por acción u omisión de autoridad pública / Admisión de la tutela / Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad.

AUTO El Instituto Internacional de Estudios Anticorrupción presentó una acción de tutela para obtener el amparo de su derecho fundamental de petición y de acceso a la información pública. Según el accionante, dichas garantías constitucionales fueron vulneradas por el Consejo Superior de la Judicatura, debido a la omisión de respuesta a la petición presentada el 6 de diciembre de 2022, relacionada con obtener información sobre (i) el acuerdo de pagos y estado de cobro de multas impuestas en diferentes sentencias proferidas por la Corte Suprema de Justicia y (ii) el estado de cobro de la multa impuesta a Gonzalo García Angarita el 18 de noviembre de 2020.

Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone: Primero. Admitir la acción de tutela presentada por el Instituto Internacional de Estudios Anticorrupción contra el Consejo Superior de la Judicatura. Segundo. Notificar la presente providencia al Consejo Superior de la Judicatura – Centro de Documentación Judicial1, para que dentro del término de dos (2) días contados a partir de la notificación, se pronuncie sobre las pretensiones y hechos de la acción de tutela.

Tercero. Las anteriores notificaciones se realizarán vía correo electrónico y los anexos se incluirán como archivo adjunto del mismo modo. Cuarto. Una vez recibida la información solicitada y cumplido el plazo para que las partes presenten sus informes, la Secretaría General remitirá al despacho vía correo electrónico, las respuestas y documentos que se alleguen. 1 En atención a que, de conformidad con las pruebas allegadas, el derecho de petición fue enviado al correo electrónico mepjbogota@cendoj.ramajudicial.gov.co.

Radicado: 11001-03-15-000-2023-00150-00 Accionante: Instituto Internacional de Estudios Anticorrupción Admite acción de tutela 2 Quinto. PUBLÍQUESE la presente providencia en la página web de la Corporación.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado