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11001031500020220500900Consejo de Estado · Sección CuartaAuto interlocutorio2022-09-19

Radicación interna: 8090 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Julio Roberto Piza Rodriguez

Actor: Yency Viviana Garcia Vargas·Demandado: Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Segunda Subseccion D

Radicado: 11001-03-15-000-2022-05009-00 Demandante: Yency Viviana García Vargas Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ Bogotá, 21 de septiembre de 2022 Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-05009-00 Demandante: Yency Viviana García Vargas Demandado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección D Asunto: Auto que admite tutela Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone: 1.

Admitir la demanda de tutela presentada por la señora Yency Viviana García Vargas contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección D, con el objeto de que se amparen los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia. 2. En calidad de parte demandada, notificar al magistrado Cerveleón Padilla Linares, integrante del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección D. El Despacho estima que no es necesario vincular, en calidad de tercero con interés, a la parte demandada del ordinario que dio lugar a la actuación objeto de tutela, pues en dicho proceso no se ha trabado la litis. 3.

El expediente digital queda a disposición de la parte demandada, por el término de 3 días, para que ejerzan los derechos que pretendan hacer valer. 4. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda. 5. Las comunicaciones, oficios, memoriales, escritos, pruebas documentales y demás que se presenten en este trámite judicial, se recibirán en las siguientes cuentas de correo electrónico del Consejo de Estado: secgeneral@consejodeestado.gov.co.

Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) Julio Roberto Piza Rodríguez