REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA Bogotá DC, ocho (8) de febrero de dos veintidós (2022). Magistrada Ponente: ROCÍO ARAÚJO OÑATE Expediente: 11001-03-15-2021-11312-00 (IJ) Demandante: MARÍA INSMELDA ALZATE GIRALDO Demandado: NACIÓN – MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Y OTROS Medio de control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO Asunto: RECURSO EXTRAORDINARIO DE UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA Referencia: APELACIÓN DE LA PROVIDENCIA DE CONDENA EN COSTAS SALVAMENTO PARCIAL DE VOTO Los suscritos magistrados, si bien compartimos la decisión adoptada por la mayoría de la Sala en el sentido de avocar el asunto de la referencia en aplicación de lo dispuesto en el artículo 271 de la Ley 1437 de 2011 con fines de unificación de jurisprudencia por razón de la importancia jurídica del tema, disentimos parcialmente de aquella en cuanto se amplió, indebidamente, tal conocimiento y propósito a aspectos diferentes a los solicitados en la actuación promovida por el Tribunal Administrativo de Antioquia, por cuanto la petición está referida únicamente a que se precise si la providencia que decide la condena en costas es o no susceptible del recurso de apelación debido a la existencia de decisiones disímiles proferidas sobre esa materia por las Secciones que integran esta Corporación, pero, la providencia extendió el examen a determinar también los eventos en los que procede ese tipo de condenas.
FREDY IBARRA MARTÍNEZ MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado Magistrado