Expediente: 11001-03-27-000-2023-00054-00 (28378) Demandante: VM Legal S.A.S. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: WILSON RAMOS GIRÓN Bogotá D.C., veintidós (22) de marzo de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: Nulidad simple Expediente: 11001-03-27-000-2023-00054-00 (28378) Demandante: VM Legal S.A.S. Demandado: DIAN Acto acusado: Oficio 1433 del 21 de noviembre de 2022 Asunto: auto admite demanda En ejercicio de la acción de nulidad simple, la sociedad VM Legal S.A.S., a través de su representante legal Adriana Melo White, cuestiona la legalidad del Oficio 1433 del 21 de noviembre de 2022, proferido por la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina de la DIAN.
Como la demanda fue subsanada y se cumplen los requisitos de los artículos 137, 162, 163, 164 y 166 del CPACA, el despacho
RESUELVE
1. Admitir la demanda de nulidad simple presentada la sociedad VM Legal S.A.S., a través de su representante legal Adriana Melo White. 2. Notificar la presente providencia, personalmente o mediante mensaje de datos al buzón electrónico dispuesto para notificaciones judiciales, al director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN o a su delegado. 3.
Notificar la presente providencia, personalmente o mediante mensaje de datos al buzón electrónico dispuesto para notificaciones judiciales, al agente del Ministerio Público y al director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. 4. Correr traslado de la demanda a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN y al agente del Ministerio Público.
La autoridad demandada deberá aportar los antecedentes administrativos que dieron origen a los oficios demandados. 5. Informar a la comunidad la existencia de este proceso, de conformidad con el artículo 171-5 del CPACA, mediante publicación del auto admisorio en el sitio web de la Corporación. Expediente: 11001-03-27-000-2023-00054-00 (28378) Demandante: VM Legal S.A.S. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 6.
Este despacho considera pertinente aplicar los artículos 182B y el literal c) del numeral 4 del artículo 184 del CPCA, por lo que por secretaría se procederá a invitar al Instituto Colombiano de Derecho Tributario, a la Universidad Externado de Colombia – Departamento de Derecho Fiscal - a presentar por escrito su concepto acerca de la solicitud de nulidad del Oficio 1433 del 21 de noviembre de 2022 7.
Ordenar a la secretaria de la sección que certifique si se han presentado otras demandas contra la legalidad del Oficio 1433 del 21 de noviembre de 2022. Si existieran otras demandas, además, deberá certificar la fecha de admisión y notificación a la parte demandada para decidir sobre la posible acumulación de procesos. Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) WILSON RAMOS GIRÓN