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11001031500020230380800Consejo de Estado · Sección CuartaAuto interlocutorio2023-07-13

Radicación interna: 5925 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Myriam Stella Gutierrez Arguello

Actor: Harold Andres Angulo Noguera·Demandado: Tribunal Administrativo De Antioquia

Radicado: 11001-03-15-000-2023-03808-00 Demandante: Harold Andrés Angulo Noguera Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, veintiuno (21) de julio de dos mil veintitrés (2023) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2023-03808-00 Demandante HAROLD ANDRÉS ANGULO NOGUERA Demandado TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA ASUNTO AUTO QUE ADMITE DEMANDA DE TUTELA Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone: 1.

Admitir la demanda presentada por el señor Harold Andrés Angulo Noguera, quien actúa en nombre propio, contra el Tribunal Administrativo de Antioquia, magistrada Adriana Bernal Vélez, o quien tenga asignado el proceso de reparación directa Nro. 05001-33-33-025-2013-00205-00/01. 2. En calidad de parte demandada, notificar al Tribunal Administrativo de Antioquia, magistrada Adriana Bernal Vélez, o quien tenga asignado el proceso de reparación directa Nro. 05001-33-33-025-2013-00205-01, entregándole copia de la demanda y de los anexos. 3.

En calidad de tercero, notificar al Ministerio de Defensa, Policía Nacional y a los señores Erminso Angulo Balcázar, Rosita Noguera, Fortunato Angulo, Hercilia Balcázar de Angulo, Cristian Camilo Alguno Benavides, María Isabel Molano Noguera; y a las demás partes y terceros que actúan en el proceso Nro. 05001-33-33-025-2013-00205-00/01, entregándoles copia de la demanda y de los anexos. 4.

Solicitar al Tribunal Administrativo de Antioquia, despacho de la magistrada Adriana Bernal Vélez, o quien tenga asignado el proceso Nro. 05001-33-33- 025-2013-00205-00/01, para que, de manera completa allegue informe con el listado de procesos que están pendientes de trámite y el turno en el que se encuentra el mencionado proceso. 5.

Notificar el presente auto a las partes y a los terceros vinculados. Para tal efecto, remítaseles copia de la acción, de los anexos y de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que lo consideren pertinente y necesario. 6. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda.

Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO