CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: José Roberto Sáchica Méndez Bogotá, D.C., trece (13) de enero de dos mil veintidós (2022) Radicación: 11001-03-15-000-2021-11717-00 Accionante: Michel Alexander Rodríguez Leal Accionado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Segunda– Subsección D Referencia: Acción de tutela – Admisión El señor Michel Alexander Rodríguez Leal, a través de apoderado judicial, interpuso demanda de tutela contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Segunda– Subsección D, con el fin de que se le protejan sus derechos fundamentales al debido proceso, trabajo y seguridad social, presuntamente vulnerados al proferir el fallo de 9 de septiembre de 2021, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho (11001-33-35-014-2017-00467-01) que promovió contra el Fondo de Prevención y Atención de Emergencias hoy Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático -IDIGER-.
Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:
PRIMERO: ADMITIR la demanda.
SEGUNDO: VINCULAR al Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático -IDIGER-, como tercero interesado en el proceso.
TERCERO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
CUARTO: REQUERIR al Juzgado 14 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá para que remita, en calidad de préstamo, el expediente identificado con el radicado número 11001-33-35-014-2017-00467-00.
QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión al Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Segunda– Subsección D y al Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático -IDIGER-. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a las direcciones de correo electrónico reportadas en sus páginas web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que la primera, en el término de dos (2) días, rinda informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo y el tercero haga uso de sus derechos de contradicción y defensa.
Radicación: 11001-03-15-000-2021-11717-00 Accionante: Michel Alexander Rodríguez Leal Accionado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Segunda– Subsección D Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 SEXTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera procedente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
SÉPTIMO: RECONOCER personería jurídica al abogado Jorge Iván González Lizarazo, portador de la tarjeta profesional 91.183 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte actora, en los términos y para los efectos del poder que obra en el escrito de tutela.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE1 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ CC/ XO 1 VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.