Micelio
11001031500020230508600Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección C)Auto interlocutorio2023-09-15

Radicación interna: 8237 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Jose Roberto Sachica Mendez

Actor: Javier Andres Rios Rodriguez·Demandado: Direccion De Sanidad Militar - Junta Medica Laboral Del Ejercito Nacional De Colombia

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN C Consejero Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ (E) Bogotá, D.C., veintiocho (28) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) Radicación: 11001-03-15-000-2023-05086-00 Accionante: Javier Andrés Ríos Rodríguez Accionado: Nación – Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional – Dirección de Sanidad Militar – Junta Médica Laboral Referencia: Acción de tutela – Auto que remite por reglas de reparto 1.- Javier Andrés Ríos Rodríguez, actuando en nombre propio, presentó demanda de tutela contra la Nación – Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional – Dirección de Sanidad Militar – Junta Médica Laboral con el fin de obtener la protección de su derecho fundamental de petición. Considera que esa prerrogativa fue vulnerada por la autoridad accionada, pues a la fecha no ha recibido respuesta a una petición radicada el 4 de julio de 2023 en la que solicitó cita para que la Junta Médica Laboral de Retiro evalúe su caso. 2.- Así las cosas, se advierte que no le corresponde a esta Corporación conocer el asunto, pues de conformidad con el Decreto 333 de 2021, artículo 1º, numeral 2º “Las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden nacional serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Jueces del Circuito o con igual categoría.” 3.- Como el presente asunto se dirige contra el Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional – Dirección de Sanidad Militar – Junta Médica Laboral, entidad del orden nacional que tiene la competencia para pronunciarse en concreto frente a las pretensiones que plantea la parte actora, se remitirá de inmediato a los Juzgados de Circuito de Bogotá –oficina de reparto-.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

Por Secretaría General, previa comunicación a la parte accionante, remitir inmediatamente el expediente a la oficina de reparto de los juzgados administrativos de Bogotá, para ser repartida entre los jueces de esa categoría.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, Radicación: 11001-03-15-000-2023-05086-00 Accionante: Javier Andrés Ríos Rodríguez Accionado: Nación – Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional Referencia: Acción de tutela – Auto que remite por reglas de reparto 2 FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE1 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Nota: se deja constancia de que esta providencia fue aprobada en la fecha de su encabezado y que se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.

Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai. 1 VF