1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A Consejero JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Radicación: 11001-03-15-000-2025-05133-00 Accionante: Vicente Antonio Rodríguez Penagos Accionado: Tribunal Administrativo del Quindío Referencia: Acción de tutela (sentencia de primera instancia) Asunto: Aclaración de Voto 1.
Previo a este caso, la Sala ha estudiado dos solicitudes de amparo, en las que se cuestionaban sendas sentencias proferidas por el mismo Tribunal ahora accionado, en procesos de nulidad y restablecimiento del derecho con similares pretensiones. 2. En los referidos asuntos, identificados con los radicados 11001-03-15-000-2024- 05486-01 (sentencia del 7 de febrero de 2025) y 11001-03-15-000-2024-05416-01 (sentencia del 21 de marzo de 2025), también se concedió el amparo a partir de un razonamiento jurídico que se acompasa con lo indicado en la decisión adoptada en este caso. 3.
Encuentro necesaria esta aclaración, para precisar que en la segunda providencia (2024-05416-01) salvé mi voto porque consideré que concurrían elementos fácticos trascendentales, que comportaban diferencias sustanciales con el primer expediente e impedían adoptar una determinación en igual sentido. Concretamente se alegaba una transgresión del principio de non reformatio in pejus, que determinaba el incumplimiento del presupuesto de subsidiariedad porque se podía acudir al recurso extraordinario de revisión. Esa particularidad sólo fue advertida en ese proceso, de ahí que fue ese asunto puntual el que me distanciara de lo resuelto por la Sala mayoritaria.
Fecha ut supra. FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE1 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Nota: se deja constancia de que este documento se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.
Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai. 1 VF