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17001233300020140043108Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección A)Salvamento voto2025-10-14

Radicación interna: 10184 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Juan Camilo Morales Trujillo

Actor: Maria Fernanda Gonzalez Garces En Representacion De Fernando Andrez Sequera Gonzalez·Demandado: Nacion - Ministerio De Defensa Nacional Ejercito Nacional - Direccion De Sanidad Y Otro

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN A Bogotá D.C., veintitrés (23) de octubre de dos mil veinticinco (2025). Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 17001-23-33-000-2014-00431-08 Accionante: María Fernanda González Garcés, en representación de su hijo FASG Accionados: Nación – Ministerio de Defensa – Dirección de Sanidad del Ejército Nacional Tema: Salvamento de Voto Con el debido respeto por la decisión mayoritaria me aparto de esta, sustentando mi desacuerdo de la siguiente manera: La confirmación de la sanción se sustenta en que no se allegó prueba alguna que demostrara la adquisición efectiva ni la actualización del dispositivo denominado implante coclear; pese a que se acreditó que mediante Oficio núm. 2025648026351623 de 26 de agosto de 2025 la Regional núm. 11 – Armenia ESMBAS08 solicitó autorización para afectar el rubro presupuestal destinado al pago de tutelas con el fin de adquirir el «Procesador Cochlear Nucleus 8», la cual fue avalada por la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional mediante Oficio núm. 2025321002333431 de 11 de septiembre de 2025.

Conforme a ello, la Central Administrativa y Contable Regional Armenia ordenó el pago de la actualización del procesador de dicho implante, mediante la Resolución núm. 00008160 del 23 de septiembre de 2025. Es cierto que fue la directora del Establecimiento de Sanidad quien informó las gestiones realizadas en la institución para la efectiva actualización del implante, sin embargo, eso no permite constatar la renuencia de los señores teniente coronel Jorge Adrián Correa Gálvez, director de la Central Administrativa y Contable Regional Armenia, y mayor Lady Tatiana Bohórquez González, directora de la Regional núm. 11 de la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional; pues ello significaría desconocer la gestión que ha quedado acreditada.

Conforme a lo expresado, considero que se encuentra desvirtuada la renuencia de los señores coronel Jorge Adrián Correa Gálvez en su calidad de director de la Central Administrativa y Contable Regional Armenia, y mayor Lady Tatiana Bohórquez González en su calidad de directora de la Regional núm. 11 de la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional y por lo tanto no debió confirmarse la sanción a ellos impuesta.

En estos términos dejo salvado mi voto frente a la decisión. JORGE IVÁN DUQUE GUTIÉRREZ Firmado electrónicamente