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11001031500020240254800Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección C)Salvamento voto2024-05-21

Radicación interna: 4098 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Nicolas Yepes Corrales

Actor: Wilson Norberto Calderon Fonseca·Demandado: Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Tercera Subseccion A Y Otro

Radicado: 11001-03-15-000-2024-02548-00 Accionante: Wilson Norberto Calderón Fonseca CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 Magistrado ponente: NICOLÁS YEPES CORRALES Radicado número: 11001-03-15-000-2024-02548-00 Accionante: Wilson Norberto Calderón Fonseca Accionado: Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca Referencia: Acción de tutela SALVAMENTO PARCIAL DE VOTO Con la debida consideración y respeto por las decisiones de la Sala, procedo a explicar los motivos por los que, en esta ocasión, me aparto parcialmente de la adoptada, en la que la mayoría consideró que debía declararse improcedente el amparo por falta de relevancia constitucional, por las siguientes razones: En el escrito de tutela, Wilson Norberto Calderón Fonseca identificó la sentencia de unificación del 28 de agosto de 20141 proferida por el Consejo de Estado como precedente desconocido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca; y extrajo de esta providencia reglas jurisprudenciales sobre la tasación de los perjuicios morales en eventos de lesiones que, según explicó, fueron desatendidas por la autoridad accionada.

En ese orden, los argumentos que sustentaron el anterior defecto sustantivo por desconocimiento del precedente judicial superaron los requisitos generales de procedibilidad y, por lo tanto, la Subsección debió abordar su estudio de fondo. En cuanto a los restantes cargos contenidos en el escrito de tutela, comparto su improcedencia por el incumplimiento del requisito de relevancia constitucional.

En este sentido dejo consignadas las razones de mi voto disidente. Fecha ut supra JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Magistrado Firmado electrónicamente VMP 1 Expediente con radicación interna 31.172.