CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., veintitrés (23) de junio de dos mil veintitrés (2023) Referencia: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO Expediente No. 25000-23-41-000-2022-00317-01 Demandante: ASMET SALUD S.A.S. Demandado: ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD - ADRES Tema: Recurso de apelación en contra del auto que rechaza la demanda Auto de mejor proveer1 Este Despacho, al momento de proveer respecto del recurso de apelación interpuesto por la parte actora en contra del auto de 10 de noviembre de 2022, por medio del cual la Subsección “A” de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó la demanda, considera necesario oficiar a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial – Demanda en Línea, para que acredite la fecha de radicación y los sujetos procesales de la demanda que le fue asignado el número de radicado 373585.
Lo anterior, en tanto que el argumento principal del recurso de apelación que habrá de resolverse, se encuentra asociado a la fecha de presentación de la demanda. Así las cosas, se ordena que por Secretaría se REQUIERA a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial – Demanda en Línea, con miras a que, dentro de los dos (2) días siguientes a la recepción del correspondiente oficio, suministre la información relacionada con la demanda identificada con el número de radicado 373585, esto es: fecha de radicación, sujetos procesales y asunto.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, ROBERTO AUGUSTO SERRATO VALDÉS Consejero de Estado CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA.
P (10) 1 Expediente asignado por reparto el 2 de junio de 2023