CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Bogotá D.C., catorce (14) de julio de dos mil veintiséis (2026) 1. Verificada la liquidación de costas del 9 de julio de 20261 realizada por la Secretaría de la Sección Tercera del Consejo de Estado 2, fijada en un millón setecientos cincuenta mil novecientos cinco pesos M/Cte.
($1’750.905), el despacho la encuentra ajustada a lo dispuesto en la providencia del 16 de junio de 20263. 2. En consecuencia, se APRUEBA la liquidación de costas efectuada por la Secretaría de la Sección Tercera del Consejo de Estado. 3. Para efectos de notificaciones, téngase en cuenta la información que se encuentre registrada en la Secretaría de la Sección Tercera del Consejo de Estado.
NOTIFÍQUESE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Nota: se deja constancia de que esta providencia fue aprobada en la fecha de su encabezado y que se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.
Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai. VF 1 Obra a índice 47 del aplicativo Samai del CE 2 En cumplimiento de los artículos 188 del CPACA y 366 del CGP. 3 Se dispuso: “CONDENAR EN COSTAS a la parte demandante en favor de la Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional.
Para el efecto, las agencias en derecho se fijan en la suma de un (1) salario mínimo legal mensual vigente a la fecha de ejecutoria de esta providencia”. Radicación: 11001-03-26-000-2025-00084-00 (73.083) Recurrente: Diego Alexander Uyasan Castillo y otros Demandada: Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional Referencia: Recurso extraordinario de revisión