CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Bogotá, D.C., primero (1) de julio de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001-03-15-000-2025-03987-00 Accionante: Gabriel Jaime Guerra Montoya Autoridad: Centro Nacional de Memoria Histórica Asunto: Acción de tutela TUTELA- Auto que remite por reglas de reparto.
Gabriel Jaime Guerra Montoya, en nombre propio, formuló acción de tutela con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales de petición, a la reparación simbólica integral, a la, a la dignidad humana, a la igualdad y a la memoria colectiva, que alega vulnerados por el Centro Nacional de Memoria Histórica, con ocasión a las respuestas negativas, por parte de la accionada, ante unas peticiones radicadas por el accionante.
El artículo 1.2 del Decreto 333 de 2021, prevé que las acciones de tutela dirigidas contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden nacional serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Jueces del Circuito. Como la acción de tutela se dirige contra el Centro Nacional de Memoria Histórica, de conformidad con las reglas de reparto previstas por el artículo 1.1 del Decreto 333 de 2021, se dispone REMITIR inmediatamente el expediente a la oficina de reparto de los Jueces Administrativos de Bogotá, para lo de su cargo.
Cumplido lo anterior, FINALIZAR y ARCHIVAR el proceso de la referencia en el aplicativo Samai.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE WILLIAM BARRERA MUÑOZ MLN/JCC