Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-04782-01 Accionante: Gustavo Barrera Montañez Accionado: Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Segunda Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata Sea lo primero señalar que acompaño la decisión adoptada en la Sentencia de 22 de enero de 2024, esto es, la improcedencia de la acción de tutela por falta de relevancia constitucional.
Sin embargo, estimo pertinente aclarar mi voto comoquiera que no comparto las consideraciones consignadas en el literal G y los párrafos 12, 12.1, 12.2, 12.3, 13, 13.1, 13.2 y 14 del proyecto, pues aquellas constituyen el fondo del pleito, esto es, argumentos que solo se estudian una vez la acción de tutela cumple con los requisitos generales de procedibilidad.
Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA