CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: José Roberto Sáchica Méndez Bogotá, D.C., catorce (14) de diciembre de dos mil veintiuno (2021) Radicación: 11001-03-15-000-2021-05987-00 Accionante: Salomón Blanco Gutiérrez Accionado: Consejo de Estado – Sección Cuarta Referencia: Acción de tutela – Admisión Salomón Blanco Gutiérrez, interpuso demanda de tutela contra el Consejo de Estado – Sección Cuarta, con el fin de que se le protejan sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados, al proferir el fallo de 24 de junio 2021, dentro de la acción de tutela (rad. 41001-23-33-000-2021-00103-01) que promovió contra el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Judicial de Neiva.
Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:
PRIMERO: ADMITIR la demanda.
SEGUNDO: VINCULAR al Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Judicial de Neiva, como tercero interesado en el proceso.
TERCERO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
CUARTO: REQUERIR al Tribunal Administrativo del Huila - Sala Quinta de Decisión que remita, en calidad de préstamo, el expediente identificado con el radicado número 41001-23-33-000-2021-00103-00.
QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión al Consejo de Estado – Sección Cuarta y al Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Judicial de Neiva. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a las direcciones de correo electrónico reportadas en sus páginas web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que la primera, en el término de dos (2) días, rinda informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo y el tercero con interés haga uso de sus derechos de contradicción y defensa.
SEXTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera procedente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ CC/XO