CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: José Roberto Sáchica Méndez Bogotá, D.C., ocho (8) de febrero de dos mil veintidós (2022) Radicación: 11001-03-15-000-2022-00855-00 Accionante: Wilberto Lara Sánchez y otros Accionado: Tribunal Administrativo de Córdoba Referencia: Acción de tutela – Admisión Wilberto Lara Sánchez, Estiven Lara Ramos, Liseth Paola Lara Ramos, Íngris Mildreth Ramos Benítez, Abel José Lara Ramírez, Wanderley Lara Atencio, Breida Yaritza Lara Atencio, Ruby María Sánchez Montalvo, Maira Alejandra Pernet Sánchez, Elerza Yulieth Pernet Sánchez y Nubia Isabel Montalvo, a través de apoderado judicial, interpusieron demanda de tutela contra el Tribunal Administrativo de Córdoba, con el fin de que se le protejan sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, acceso a la administración de justicia y “derecho de las víctimas a la verdad, justicia y reparación para la no repetición”, presuntamente vulnerados, al proferir el fallo de 12 de agosto de 2021, dentro del proceso de reparación directa (rad. 23001-33-33-002-2015-00127-01) que promovieron contra la Nación – Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y la Fiscalía General de la Nación. Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:
PRIMERO: ADMITIR la demanda.
SEGUNDO: VINCULAR a la Nación – Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y a la Fiscalía General de la Nación, como terceros interesados en el proceso.
TERCERO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
CUARTO: REQUERIR al Juzgado 2 Administrativo Oral de Montería para que remita, en calidad de préstamo, el expediente identificado con el radicado número 23001-33-33-002-2015-00127-00.
QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión al Tribunal Administrativo de Córdoba, a la Nación – Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y a la Fiscalía General de la Nación. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a las direcciones de correo electrónico reportadas en sus páginas web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que la primera, en el término de dos (2) días, rinda Radicación: 11001-03-15-000-2022-00855-00 Accionante: Wilberto Lara Sánchez y otros Accionado: Tribunal Administrativo de Córdoba Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo y los terceros hagan uso de sus derechos de contradicción y defensa.
SEXTO: NOTIFICAR la presente decisión a los demandantes a la dirección de correo electrónico reportada (arieljose1959@hotmail.com).
SÉPTIMO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera procedente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
OCTAVO
NOVENO: RECONOCER personería jurídica al abogado Ariel José Muñoz Pérez, portador de la tarjeta profesional 64.648 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte actora, en los términos y para los efectos del poder que obra en el escrito de tutela.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE1 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ CC/ XO 1 VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.