CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ. Bogotá, D.C., catorce (14) de septiembre de dos mil veintidós (2022). Radicación: 11001-03-15-000-2022-04863-00. Accionante: Javier Orlando García Castillo. Accionado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Segunda – Subsección D y otros.
Referencia: Acción de tutela – Admisión. El señor Javier Orlando García Castillo, a través de apoderado judicial, presentó acción de tutela contra el Juzgado 48 Administrativo del Circuito de Bogotá, la Sección Segunda, Subsección D del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y la Secretaría Distrital de Integración Social de Bogotá, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, trabajo en condiciones dignas e igualdad.
Considera que tales prerrogativas fueron vulneradas con ocasión de la sentencia proferida el 21 de octubre de 2021, por el tribunal accionado, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho1 que promovió el demandante en contra de la Secretaría Distrital de Integración Social de Bogotá. Por reunir los requisitos legales, el Despacho, R E S U E L V E:
PRIMERO. ADMITIR la demanda.
SEGUNDO. DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
TERCERO. REQUERIR al Juzgado 48 Administrativo del Circuito de Bogotá que remita, en calidad de préstamo, el expediente identificado con el radicado número 11001-33-42-048-2018-00206-00/01.
CUARTO. NOTIFICAR la presente decisión: al Juzgado 48 Administrativo del Circuito de Bogotá; a la Sección Segunda, Subsección D, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y a la Secretaría Distrital de Integración Social de Bogotá. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a las direcciones de correo electrónico reportadas en sus páginas web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia. Lo anterior, para que, en el término de dos (2) días, rindan informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo. 1 Identificado con número de radicado 11001-33-42-048-2018-00206-01.
Radicación: 11001-03-15-000-2022-04871-00 Accionante: Javier Orlando García Castillo Accionado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Segunda – Subsección D y otros Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 QUINTO. NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante a la dirección de correo electrónico reportada (faberlg7@hotmail.com).
SEXTO. COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera pertinente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
SÉPTIMO. RECONOCER personería jurídica al abogado Faber Leandro Guerrero Trejos, portador de la tarjeta profesional 194.243 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte accionante, en los términos y para los efectos del poder que obra en la demanda de tutela.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE2 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ 2 VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.