CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMNISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONJUEZ PONENTE: JUAN DE DIOS BRAVO GONZÁLEZ Bogotá, D.C., treinta (30) de marzo de dos mil veintidós (2022) Referencia: Auto que termina incidente de desacato Radicado: 11001-03-15-000-2021-05940-01 Actor: María Nancy Granada Soto Demandado: Tribunal Administrativo del Valle del Cauca.
I.- HECHOS 1º. El día 22 de octubre de 2021, este despacho, a petición del apoderado de la accionante, ordenó SUSPENDER PROVISIONALMENTE la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, expediente número 76001-23-33-000-2020-01074-00, que decretó la nulidad del Decreto No. 1-3-1039 del 20 de junio de 2020, expedido por la Gobernación del Valle del Cauca. 2º.
El día 08 de noviembre de 2021, la Sala de Conjueces integrada para conocer del proceso con radicación 11001-03-15-000-2021-05940-00, accionante María Nancy Granada Soto, falló la tutela interpuesta y en dicha providencia, en el punto tercero, se ordenó al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca para que en un término de cinco (5) días, profiera la providencia de reemplazo, en la cual se decrete la nulidad solicitada y se surtan todas las actuaciones posteriores al auto de admisión de la demanda. 3º.
El día 07 de noviembre de 2021, la Secretaría General del Consejo de Estado, envió a este despacho un memorial presentado por el apoderado de la accionante, José Willer López Montoya en el cual solicita que se inicie “de manera inmediata el incidente se desacato, sino también para las compulsas de copias por agotamiento de conductas disciplinarias y penales”. 4º.
El día 10 de noviembre de 2021, este despacho resolvió requerir a la Gobernadora del Valle del Cauca, Clara Luz Roldán González, en calidad de superior jerárquica del titular de la Secretaría de Educación del Valle del Cauca, para que ordene a esa Secretaría en un término perentorio de cuarenta y ocho (48) horas, la restitución de manera inmediata a la señora María Nancy Granada Soto en el cargo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 8, identificado con el Código No. 56199, perteneciente al sistema general de carrera administrativa de la Gobernación del Valle del Cauca. 5º.
El día 11 de enero de 2021, la Jefe de la Oficina Jurídica de la Secretaría de Educación Departamental de la Gobernación del Valle del Cauca, presentó un memorial en el cual manifiesta que en cumplimento de la sentencia de fecha 08 de noviembre de 2021, se expidió el Decreto 1-17-1376 del 23 de diciembre de 2021, mediante el cual se ordenó el reintegró de la señora María Nancy Granada Soto al cargo de auxiliar administrativo, código 407, grado 8, en la Institución Educativa La presentación del Cairo (v).
II.- CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Al haberse dado cumplimiento a la orden de reintegró de la señora María Nancy Granada Soto al cargo de auxiliar administrativo, código 407, grado 8, en la Institución Educativa La presentación del Cairo (v), el Despacho considera que no hay ligar a seguir con el incidente de desacato, por lo cual ordenará que dicho incidente se de por concluido.
En mérito de lo expuesto el Despacho, RESUELVE:
PRIMERO. – DAR por concluido el incidente de desacato intaurado por el apoderado de la señora María Nancy Granada Soto.
SEGUNDO. - NOTIFICAR el contenido del presente auto a la Gobernación del Valle del Cauca, la cual debe remitirse al correo electrónico: njudiciales@valledelcauca.gov.co TERCERO. – NOTIFICAR al señor apoderado José Willer López Montoya a la dirección electrónica suministrada para ello: josewillerlo@hotmail.com
NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE (firmado electrónicamente) JUAN DE DIOS BRAVO GÓNZALEZ Conjuez