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11001031500020230453000Consejo de Estado · Sala Consulta y Servicio CivilAuto interlocutorio2023-08-24

Radicación interna: 7291 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Rafael Francisco Suárez Vargas

Actor: Valentina Gutierrez Guevara·Demandado: Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Valledupar Y Otros

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A Bogotá D. C., treinta (30) de octubre de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001 03 15 000 2023 04530 00 Accionante: Valentina Gutiérrez Guevara Accionado: Unidad de Atención y Reparación a las Victimas y otro AUTO- REMITE POR ACUMULACIÓN A través de auto del 5 de septiembre de 2023, se inadmitió la acción de tutela de la referencia y se resolvió lo siguiente: […] Único: Requerir a la señora Valentina Gutiérrez Guevara para que dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la presente providencia, allegue por correo electrónico, lo siguiente: i) Memorial aclaratorio en el que manifestará cuáles son las autoridades judiciales accionadas, a modo de ejemplo, deberá indicar si hace referencia al Tribunal Administrativo de Cesar o al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, y señalará si el Juzgado Tercero demandado es municipal o del Circuito; si es civil, penal o administrativo, y a qué municipio pertenece. ii) De acuerdo con el punto anterior, suministrará las fechas de las providencias cuestionadas y el consecutivo de radicación completo dentro del cual fueron emitidas. iii) Expresará, según el caso concreto, cuáles son las causales especiales de procedibilidad —defectos— en los que incurren dichas providencias, de conformidad con los requisitos establecidos por la Corte Constitucional, en la sentencia C-590 de 2005, y ratificados por la Sentencia SU-215 de 2022 iv) Copia de las providencias cuestionadas, tal y como lo anunció la accionante, en su memorial tutelar. […] Mediante auto del 28 de septiembre de 2023, se impartió la siguiente orden a Secretaría General de esta corporación: 2 Radicado: 11001 03 15-000 2023 04530 00 Accionante: Valentina Gutiérrez Guevara Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co […] Único. por Secretaría General de esta corporación, llevar a cabo la notificación del mentado auto del 5 de septiembre de 2023, al correo electrónico suministrado por la accionante, señora valentina Gutiérrez Guevara, que correspondería al utilizado para radicar esta solicitud de amparo constitucional, tras lo cual volverán a correr los términos inicialmente dispuestos, en dicho proveído. […] Al revisarse el expediente para decidir sobre su admisión, se observa, en primer lugar, que la accionante guardó silencio frente a los requerimientos.

En segundo lugar, se evidencia, al consultar el sistema de gestión de procesos del Consejo de Estado (Samai), que existe otra acción constitucional que cursó bajo el radicado 20001 23 33 000 2023 00172 00, interpuesta, también, por la señora Valentina Gutiérrez Guevara, la cual contiene análogos supuestos fácticos y jurídicos, cuenta con un formato casi idéntico al de la acción de la referencia y sobre la cual se emitió fallo del 31 de agosto de 2023.1 Teniendo en cuenta que el reparto del aludido proceso se produjo el día 17 de agosto de 2023 y que correspondió al Tribunal Administrativo de Cesar, despacho de la magistrada, doctora María Luz Álvarez Araujo, quien la admitió mediante auto del 22 de agosto de 2023, se concluye que fue el primer despacho en avocar conocimiento.

En ese orden de ideas, es pertinente traer a colación lo relacionado con el reparto de tutelas masivas, frente a lo cual el Decreto 1834 de 2015 dispuso lo siguiente: […] Artículo 2.2.3.1.3.1. Reparto de acciones de tutela masivas. Las acciones de tutela [1] que persigan la protección de los mismos derechos fundamentales, presuntamente amenazados o vulnerados [2] por una sola y misma acción u omisión de una autoridad pública o de un particular se asignarán, todas, al Despacho judicial que, según las reglas de competencia, hubiese avocado en primer lugar el conocimiento de la primera de ellas. 1 Vale la pena aclarar que la accionante dela referencia ha interpuesto acciones de contenido idéntico en varias oportunidades, como puede observarse en el informe secretarial emitido por el Tribunal Administrativo de Cesar, del 9 de octubre de 2023, OFICIO GJ 3560, con destino al radicado 110001031500020230532000 (índice 21 de Samai). 3 Radicado: 11001 03 15-000 2023 04530 00 Accionante: Valentina Gutiérrez Guevara Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co A dicho Despacho se remitirán las tutelas de iguales características que con posterioridad se presenten, incluso después del fallo de instancia. (se resalta) […] En igual sentido, la Corte Constitucional2 expresó que la acumulación de las tutelas masivas tiene como propósito evitar que se produzcan decisiones distintas sobre una situación de hecho similar o idéntica, con la finalidad de preservar la seguridad jurídica y el derecho a la igualdad.

Al respecto señaló lo que se muestra a continuación: […] El Decreto 1834 de 2015 pretende evitar escenarios de incoherencia e inseguridad jurídica ocasionados por lo que se ha denominado como los “tutelatones”, en los cuales se interponen amparos de forma masiva por parte de diferentes personas, con sujeción a una causa común, en la que se persigue un mismo y único interés, cuyo efecto conduce a la protección de iguales derechos fundamentales. […] Así las cosas, y en aras de materializar los principios de economía y celeridad procesal contenidos en el Decreto 1834 de 2015, se considera oportuno remitir el expediente de la referencia al Tribunal Administrativo de Cesar, despacho del magistrado, doctor Manuel Fernando Guerrero Bracho, para que estudie su posible acumulación. En consecuencia, se dispone lo siguiente: Primero. Por Secretaría General, remitir el expediente de la referencia a la Secretaría General del Tribunal Administrativo de Cesar, despacho de la magistrada, doctora María Luz Álvarez Araujo, para que decida sobre su posible acumulación con la acción de tutela con radicado 20001 23 33 000 202300172 00 y, de ser el caso, asuma su conocimiento.

Segundo. En caso de que la Secretaría General del Consejo de Estado, o del Tribunal Administrativo de Cesar, determinen que fue otro magistrado el que primero 2 Corte Constitucional. Auto 172 del 27 de abril de 2016 4 Radicado: 11001 03 15-000 2023 04530 00 Accionante: Valentina Gutiérrez Guevara Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co admitió la acción de tutela, con identidad de objeto, causa y sujeto pasivo, remitir el expediente de la referencia a éste, para que decida sobre su acumulación. Tercero. Notificar esta decisión a la parte accionante.

Notifíquese y cúmplase, GGGJ