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25000232600020120099901Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2014-06-17

Radicación interna: 51333 · ACCION DE REPARACION DIRECTA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Gloria Himelda Piragauta Riveros - Otros·Demandado: Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, La Nacion - Ministerio De Hacienda Y Credito Publico - Otros

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: Martín Bermúdez Muñoz Referencia: Reparación directa Radicación: 25000-23-26-000-2012-00999-01 (51333) Demandante: Gloria Himelda Piragauta Riveros Demandado: Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata Comparto la decisión de la Sala1 porque, considero que no hay lugar al estudio de fondo del asunto.

Sin embargo, considero que la razón de esa decisión es la caducidad y no la indebida escogencia de la acción. En primer lugar, el antecedente jurisprudencial citado en la Sentencia se refiere a actos administrativos revocados directamente por la administración mientras que, el presente caso se originó por un acto administrativo que fue revocado por fallo de la Procuraduría General de la Nación. Diferencia sustancial pues no se trató de la decisión de la administración de cesar los efectos de su acto sino que fue el organismo de control el que decidió que el acto no debía continuar en el mundo jurídico.

Esta diferencia elimina la obligación del demandante de haber demandado en nulidad y restablecimiento del derecho. Cuando la Procuraduría General de la Nación revocó la decisión de la administración, con ello no desaparecieron los perjuicios que hubieren podido causarse, pero sí impidió el ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra el acto administrativo, por lo que, si se hubiera interpuesto oportunamente, la acción de reparación directa sería adecuada.

No obstante, coincido en que no hay lugar a estudio de fondo del asunto porque no se ejerció oportunamente el derecho de acción. Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA Magistrado 1 Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. Subsección B. Sentencia del 1 de marzo de 2023. Exp. (51333).