Micelio
11001031500020211149400Consejo de Estado · Sala especial de decisiónAuto interlocutorio2021-12-12

Radicación interna: 15319 · RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION

Ponente: Fredy Hernando Ibarra Martinez

Actor: Jorge Eliecer Bernal Alvarez·Demandado: Providencia Del 5 De Noviembre De 2020, Proferida Por El Consejo De Estado Seccion Segunda Subseccio, Ministerio De Educación Nacional, Departamento De Risaralda, Secretaria De Educación De Risaralda

REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Bogotá, D.C., veintitrés (23) de febrero de dos mil veintitrés (2023). Magistrado Ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Expediente: 11001-03-15-000-2021-11494-00 (15.319) Demandante: JORGE ELIÉCER BERNAL ÁLVAREZ Demandado: NACIÓN – MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Y OTROS Naturaleza: RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN Asunto: DECRETO DE PRUEBAS Revisado el expediente de la referencia el despacho dispone: En la oportunidad procesal pertinente ábrese el proceso a pruebas y con observancia de los requisitos de pertinencia, conducencia, utilidad y legalidad de las pruebas se provee lo siguiente: I. PRUEBAS SOLICITADAS POR LA PARTE ACTORA (índice 2 archivo 3 SAMAI) a) Con el valor que en derecho corresponda ténganse como pruebas los documentos allegados con el escrito de la demanda (fls. 14 a 15 idem).

II. PRUEBAS SOLICITADAS POR LA PARTE DEMANDADA MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL (índices 27 y 28 SAMAI) a) Respecto a que se de valor probatorio al expediente con número de radicación 66001-23-33-000-2016-00561-01 (3732-18) tramitado por la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado tíenese lo dispuesto en el acápite IV denominado prueba de oficio.

Reconócese personería jurídica a la abogada Rocío Ballesteros Pinzón identificada con cédula de ciudadanía número 63.436.224 y tarjeta profesional número 107.904 del Consejo Superior de la Judicatura para actuar como Expediente: 11001-03-15-000-2021-11491-00 (15.319) Actor: Jorge Eliécer Bernal Álvarez Recurso extraordinario de revisión – decreto de pruebas 2 apoderada judicial de la demandada Ministerio de Educación Nacional, en los términos del poder a ella conferido (índice 32 SAMAI).

III) PRUEBAS SOLICITADAS POR LA PARTE DEMANDADA DEPARTAMENTO DE RISARALDA (índice 29 y 30 SAMAI) No allegó ni solicitó pruebas. Reconócese personería jurídica al abogado David Ezeriguer Sánchez identificado con cédula de ciudadanía número 1.088.299.275 y tarjeta profesional número 255.275 del Consejo Superior de la Judicatura para actuar como apoderado judicial de la demandada Departamento de Risaralda, en los términos del poder a él conferido (índice 29 y 30 SAMAI).

IV) PRUEBAS DE OFICIO Ofīciese al Tribunal Administrativo de Risaralda – Sala Primera de Decisión a fin de que remita, ya sea de manera física o digitalizada, el proceso de nulidad y restablecimiento con radicación número 66001 -23-33-000-2016-00561-00 iniciado por Jorge Eliécer Bernal Álvarez contra la Nación – Ministerio de Educación Nacional y otros1.

Allegado el expediente a esta actuación, por Secretaría corrése traslado a las partes y déjense las constancias de rigor.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado (Firmado electrónicamente) Constancia. La presente providencia fue firmada electrónicamente por el Magistrado Ponente de la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado en la plataforma digital SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 2 de la Ley 2213 de 2022.

MVST/expediente digital 1 Téngase en cuenta que el proceso fue devuelto por esta Corporación al tribunal de origen el 29 de enero de 2021, según consta en el índice 25 SAMAI visto en el proceso no. 66001-23-33-000- 2016-00561-01.