CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Bogotá, D.C., veintitrés (23) de enero de dos mil veintitrés (2023) Radicación: 11001-03-15-000-2023-00209-00 Accionante: María Doris Molina Torres Accionado: Consejo Superior de la Judicatura - Dirección Ejecutiva de Administración Judicial Referencia: Acción de tutela – Admisión La señora María Doris Molina Torres1, a través de apoderado judicial, instauró demanda de tutela contra el Consejo Superior de la Judicatura – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia. Considera que tales prerrogativas fueron vulneradas por la autoridad accionada ante la presunta omisión de dar cumplimiento a lo ordenado en el fallo del 20 de abril de 2018, dictado por el Juzgado Veinte Administrativo Mixto del Circuito de Cali, en el marco del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho2, que promovió la actora contra la Nación – Rama Judicial - Consejo Superior de la Judicatura – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial.
Por reunir los requisitos legales, el Despacho: R E S U E L V E PRIMERO: ADMITIR la demanda.
SEGUNDO: VINCULAR a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Cali, en calidad de tercero interesado.
TERCERO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
CUARTO: REQUERIR al Juzgado Veinte Administrativo Mixto del Circuito de Cali, para que remita, en calidad de préstamo, el expediente identificado con el radicado número 76001-33-31-701-2012-00071-00.
QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión al Consejo Superior de la Judicatura – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Cali. Para tal efecto, la Secretaría General de la 1 Quien actualmente se desempeña como Juez Trece Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cali. 2 Identificado con número de radicado 76001-33-31-701-2012-00071-00.
Radicación: 11001-03-15-000-2023-00209-00 Accionante: María Doris Molina Torres Accionado: Consejo Superior de la Judicatura - Dirección Ejecutiva de Administración Judicial Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 Corporación remitirá en la forma indicada, a las direcciones de correo electrónico reportadas en sus páginas web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia. Lo anterior, para que, en el término de dos (2) días, la autoridad accionada rinda informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo y el tercero con interés haga uso de sus derechos de contradicción y defensa.
SEXTO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante a la dirección de correo electrónico reportada (luiszea99u@gmail.com)
SÉPTIMO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera pertinente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
OCTAVO: RECONOCER personería jurídica al abogado Luis Eduardo Forero Zea, portador de la tarjeta profesional 356.551 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte accionante, en los términos y para los efectos del poder que obra en la demanda de tutela.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE3 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ 3 VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.