Micelio
11001031500020230624200Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección A)Auto interlocutorio2023-10-10

Radicación interna: 9703 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Jorge Iván Duque Gutiérrez

Actor: Julio Cesar Archila Pedreros·Demandado: Consejo Superior De La Judicatura

w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D. C. trece (13) de octubre de dos mil veintitrés (2023). Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicado: 11001-03-15-000-2023-06242-00 Accionante: JULIO CESAR ARCHILA PEDREROS Accionado: CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA Auto que admite Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por el señor Julio Cesar Archila Pedreros, actuando a nombre propio, en contra del Consejo Superior de la Judicatura por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso, ocurrida con ocasión de la modificación de las fechas establecidas en el cronograma estipulado para el desarrollo y culminación del IX Curso de Formación Judicial Inicial dentro de la Convocatoria 27 para la provisión de cargos de funcionarios de la Rama Judicial.

TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.

NOTIFÍQUESE al Consejo Superior de la Judicatura como accionado, y a los discentes admitidos para participar en el IX Curso de Formación Judicial enlistados en la Resolución EJR23-349 del 9 de octubre de 2023, proferida por el Consejo Superior de la Judicatura, como terceros interesados en las resultas del proceso. Asimismo,

NOTIFÍQUESE a la ACCIÓN DE TUTELA Radicado: 11001-03-15-000-2023-06242-00 Accionante: Julio Cesar Archila Pedreros w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 2 Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso.

REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la presente providencia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consejero de Estado