Micelio
11001031500020220185700Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección A)Auto interlocutorio2022-03-25

Radicación interna: 2796 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Jose Roberto Sachica Mendez

Actor: Jose Ariel Suarez Trejos·Demandado: Tribunal Administrativo De Risaralda

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: José Roberto Sáchica Méndez Bogotá, D.C., veintiséis (26) de abril de dos mil veintidós (2022) Radicación: 11001-03-15-000-2022-01857-00 Accionante: José Ariel Suarez Trejos Accionado: Tribunal Administrativo de Risaralda – Sala Cuarta de Decisión Referencia: Acción de tutela – Admisión La Sociedad LegalGroup Especialistas en Derechos S.A.S.1, actuando como apoderada judicial del señor José Ariel Suarez Trejos, interpuso demanda de tutela contra la Sala Cuarta de Decisión del Tribunal Administrativo de Risaralda, con el fin de que se le protejan sus derechos fundamentales de acceso a la administración de justicia, debido proceso e igualdad, así como los principios de confianza legítima, seguridad jurídica, prevalencia del derecho sustancial sobre el formal, presunción de inocencia y cosa juzgada, presuntamente vulnerados por la autoridad judicial accionada, al proferir la sentencia del 23 de septiembre de 2021, dentro del proceso de reparación directa (rad. 66001-33-33- 004-2018-00138-01) que promovió junto con otros2 contra la Nación – Rama Judicial y la Fiscalía General de la Nación. Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:

PRIMERO: ADMITIR la demanda.

SEGUNDO: VINCULAR a la Nación – Rama Judicial, a la Fiscalía General de la Nación, así como a los señores Germania, Olga Patricia, María Alejandra y Karen Alexandra Suárez Trejos, Nancy Yohana y Kevin Alexis Trejos Suárez, Wervin David Montoya Suárez, Valerin Tatiana y Samuel Andrés Zapata Suárez, Paula Andrea Cardona Trejos y Maicol Andrés Escobar Suárez, como terceros interesados en el proceso.

TERCERO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.

CUARTO: REQUERIR al Juzgado Cuarto Administrativo de Pereira para que remita, en calidad de préstamo, el expediente identificado con el radicado número 66001-33-33- 004-2018-00138-00. 1 A través del profesional del derecho Jonathan Velásquez Sepúlveda, inscrito en su certificado de existencia y representación legal. 2 Los señores Germania, Olga Patricia, María Alejandra y Karen Alexandra Suárez Trejos, Nancy Yohana y Kevin Alexis Trejos Suárez, Wervin David Montoya Suárez, Valerin Tatiana y Samuel Andrés Zapata Suárez, Paula Andrea Cardona Trejos y Maicol Andrés Escobar Suárez.

Radicación: 11001-03-15-000-2022-01857-00 Accionante: José Ariel Suarez Trejos Accionado: Tribunal Administrativo de Risaralda – Sala Cuarta de Decisión Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión al Tribunal Administrativo de Risaralda – Sala Cuarta de Decisión, a la Nación – Rama Judicial y a la Fiscalía General de la Nación. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a las direcciones de correo electrónico reportadas en sus páginas web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que la primera, en el término de dos (2) días, rinda informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo y los terceros hagan uso de sus derechos de contradicción y defensa.

SEXTO: NOTIFICAR la presente decisión a los señores Germania, Olga Patricia, María Alejandra y Karen Alexandra Suárez Trejos, Nancy Yohana y Kevin Alexis Trejos Suárez, Wervin David Montoya Suárez, Valerin Tatiana y Samuel Andrés Zapata Suárez, Paula Andrea Cardona Trejos y Maicol Andrés Escobar Suárez, demandantes en el asunto cuestionado, para que en un término de dos (2) días hagan uso de su derecho a intervenir en el presente proceso.

La notificación ordenada se hará a la dirección de correo electrónico que suministre la parte accionante, para lo cual se le concede un término de 24 horas a partir de la notificación del presente auto.

SÉPTIMO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante a las direcciones de correo electrónico reportadas (notificaciones@legalgroup.com.co y legalgroupespecialistas@gmail.com).

OCTAVO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera procedente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.

NOVENO: RECONOCER personería jurídica al abogado Jonathan Velásquez Sepúlveda, portador de la tarjeta profesional 199.083 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado del accionante, en los términos y para los efectos del poder que obra en el escrito de tutela.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE3 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ 3 VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.