CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Conjuez ponente: PEDRO LUIS BLANCO JIMÉNEZ Bogotá, D.C., veintitrés (23) de octubre de dos mil veintitrés (2023) AUTO – AVOCA CONOCIMIENTO OBJETO DE LA DECISIÓN Conforme al auto del siete (7) de septiembre dos mil veintitrés (2023), proferido por la Subsección A, Sección Segunda, Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, con ponencia del Consejero de Estado Dr, Rafael Francisco Suárez Vargas que, al desatar el recurso de apelación interpuesto por el aquí accionante, en contra del auto proferido el 4 de julio de 2023 por esta Sala de Conjueces de la Sección Quinta del Consejo de Estado, se resolvió: “Primero: Revocar el auto proferido el 4 de julio de 2023 por la Sala de Conjueces de la Sección Quinta del Consejo de Estado, mediante el cual rechazó la acción de tutela, y, en su lugar, remitir, nuevamente, el asunto a la autoridad judicial precitada, con el fin de que se pronuncie sobre la admisión del presente mecanismo de amparo.” De acuerdo a lo previsto en el artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, se procedió a verificar que a la fecha el suscrito Conjuez Ponente no está incurso en ninguna de las causales de impedimento previstos taxativamente en el artículo 56 de la Ley 906 de 2004, razón suficiente para avocar conocimiento.
Atendiendo lo ordenado en segunda instancia, previo a admitir la presente acción de tutela, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Decreto 2591 de 1991, se oficiará al accionante señor NERIO ALEXANDER BASTIDAS PADILLA, para que en el término improrrogable de tres (3) días calendario contados a partir del día siguiente a la notificación de esta decisión, proceda a aclarar a este despacho, cuales son los hechos nuevos que afirmó sustentaban esta acción de amparo constitucional, diferentes a los relacionados en las acciones de tutela No. 11001-03-15-000- 2022-05051-00 (acumulado 2022-05527-00) y 11001-03-15-000-2023-00123-00, presentando las pruebas que los sustenten las demás que quiera hacer valer, so pena de rechazo.
Por Secretaría General, oficiar a la Corte Constitucional para que se informe a la mayor brevedad a este despacho, sobre el trámite de revisión surtido en las acciones de tutela No. 11001-03-15-000- 2022-05051-00 (acumulado 2022-05527-00) y 11001-03-15-000-2023-00123-00, indicando su estado actual. Comuníquese y cúmplase, PEDRO LUIS BLANCO JIMENEZ Conjuez Ponente