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11001032600020200003900Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2020-03-02

Radicación interna: 65943 · LEY 1437 RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION

Ponente: Alberto Montaña Plata

Actor: Ivan Matta Gutierrez, Nicolas Matta Gutierrez, Efrain Matta Gutierrez, Angelina Gomez Diaz·Demandado: Rama Judicial - Direccion Ejecutiva De Administracion Judicial, Fiscalia General De La Nacion

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: Alberto Montaña Plata Bogotá D.C., 8 de agosto de 2024 Radicación: 11001-03-26-000-2020-00039-00 (65.943) Demandante: Iván Matta Gutiérrez y otros Demandado: Nación – Fiscalía General de la Nación y otro Referencia: Recurso extraordinario de revisión (Ley 1437 de 2011) Tema: Aprueba liquidación de costas.

Mediante Sentencia de 17 de junio de 2024, se declaró infundado el recurso extraordinario de revisión interpuesto por la parte demandante contra la Sentencia de 21 de febrero de 2019, proferida por el Tribunal Administrativo de Santander, y se dispuso (se trascribe): “De conformidad con el artículo 188 del CPACA, vigente al momento de la presentación del recurso1, se condenará en costas a la parte recurrente por cuanto el recurso extraordinario de revisión se declarará infundado, las cuales se liquidarán en los términos del artículo 366 del CGP.” Y en la parte resolutiva se ordenó: “SEGUNDA: CONDENAR EN COSTAS a la parte recurrente, las cuales se liquidarán en los términos del artículo 366 del CGP.” En cumplimiento de lo anterior, la Secretaría de la Sección Tercera del Consejo de Estado, de conformidad con lo previsto en el artículo 366 del Código General del Proceso, efectuó la liquidación de costas por la suma de $0, la cual será aprobada.

El despacho, en consecuencia,

RESUELVE

PRIMERO: APROBAR la liquidación de costas efectuada por la Secretaría de la Sección Tercera del Consejo de Estado.

SEGUNDO: NOTIFICAR esta decisión mediante estado electrónico, según lo dispuesto en el artículo 201 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 50 de la Ley 2080 de 2021.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA DRA 1 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B, Sentencia de 11 de octubre de 2021, Radicado 63217.