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11001031500020230173800Consejo de Estado · Sala especial de decisiónAuto interlocutorio2023-04-11

Radicación interna: 2704 · RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION

Ponente: Cesar Palomino Cortes

Actor: Sociedad Comercializadora Andinor-Sas

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ESPECIAL DE DECISIÓN DOS Bogotá D.C., veintiocho (28) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) Radicado: 11001-03-15-000-2023-01738-00 Recurrente: SOCIEDAD COMERCIALIZADORA ANDINOR-SAS Asunto: Recurso extraordinario de revisión promovido contra la providencia del 4 de agosto de 2022, proferida por el Consejo de Estado Sección Cuarta, dentro del expediente de nulidad y restablecimiento del derecho No. 54001-23- 33-000-2014-00302-01.

Auto que prescinde de la etapa probatoria Con el valor legal que les corresponda se tienen como pruebas los documentos aportados por las partes al presente recurso extraordinario de revisión. Comoquiera que el Despacho no estima necesario decretar pruebas de oficio, se prescinde del máximo periodo probatorio, conforme con lo previsto en el artículo 254 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Se reconoce personería al Pablo Nelson Rodríguez Silva como apoderado judicial de U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, en los términos y para los efectos del poder conferido, que obra en el índice 14 del aplicativo Samai. Una vez notificado y ejecutoriado el presente auto, por Secretaría General de esta Corporación devuélvase el expediente para lo pertinente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE (Firmado electrónicamente) CÉSAR PALOMINO CORTÉS Magistrado Se deja constancia de que esta providencia se firma en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema valida la integridad y autenticidad del presente documento en el link http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.