CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Bogotá, D.C., siete (07) de diciembre de dos mil veintidós (2022) Radicación: 11001-03-15-000-2022-06429-00 Accionante: Nelson Rafael Ramírez Cuello Accionado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca Referencia: Acción de tutela – Admisión El señor Nelson Rafael Ramírez Cuello instauró demanda de tutela contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, petición, igualdad, trabajo y mínimo vital.
Estima que tales prerrogativas fueron vulneradas por la autoridad accionada al no pronunciarse sobre la admisión de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho1 que promovió el actor contra la Nación – Ministerio de Educación Nacional. Por reunir los requisitos legales, el Despacho: R E S U E L V E PRIMERO: ADMITIR la demanda.
SEGUNDO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
TERCERO: REQUERIR al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que remita, en calidad de préstamo, el expediente identificado con el radicado número 25000-23-41-000-2022-00921-002.
CUARTO: NOTIFICAR la presente decisión al Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a la dirección de correo electrónico reportada en su página web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia. Lo anterior, para que, en el término de dos (2) días, rinda informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo.
QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante a la dirección de correo electrónico reportada (ramirezcuello@yahoo.com) 1 Tramitada bajo el número de radicado: 25000234100020220092100. 2 Antes radicado en el Consejo de Estado con el No. 11001032400020220032000. Radicación: 11001-03-15-000-2022-06429-00 Accionante: Nelson Rafael Ramírez Cuello Accionado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 SEXTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera pertinente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE3 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ 3 VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.