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11001031500020230171600Consejo de Estado · Sala Consulta y Servicio CivilAuto interlocutorio2023-04-11

Radicación interna: 2674 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Rafael Francisco Suarez Vargas

Actor: Juan Epamimondas Leon Beltran·Demandado: Corte Suprema De Justicia - Sala De Casacion Laboral Y Otros, Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Bogotá Sala De Decisión Laboral

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A Bogotá D. C., doce (12) de abril de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-01716-00 Accionante: Juan Epamimondas León Beltrán Accionados: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, y otro Derecho: Debido proceso.

AUTO QUE ORDENA REMITIR POR FALTA DE COMPETENCIA El señor Juan Epamimondas León Beltrán, quien actúa a través de apoderado, instaura acción de tutela en contra de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, y del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Laboral. CONSIDERACIONES De conformidad con los numerales 5 y 7 del artículo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015, modificados por el artículo 1.° del Decreto 333 de 2021, «[l]as acciones de tutela dirigidas contra los Jueces o Tribunales serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, al respectivo superior funcional de la autoridad jurisdiccional accionada» y «[l]as acciones de tutela dirigidas contra la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a la misma Corporación (sic) y se resolverá por la Sala de Decisión, Sección o Subsección que corresponda de conformidad con el reglamento al que se refiere el artículo 2.2.3.1.2.4 del presente decreto».

En ese orden de ideas, se advierte que a esta corporación no corresponde conocer la acción de tutela de la referencia, sino a la Corte Suprema de Justicia (reparto), al 2 Radicado: 11001-03-15-000-2023-01716-00 Accionante: Juan Epamimondas León Beltrán Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co dirigirse aquella en contra de esa autoridad y del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Laboral.

En mérito de lo expuesto, se RESUELVE Primero. Remitir, por Secretaría General, el expediente de la referencia a la Corte Suprema de Justicia (reparto), según lo explicado en la parte motiva de la presente providencia. Segundo. Notificar, por el medio más expedito y eficaz, el contenido de esta providencia a los sujetos procesales.

Notifíquese y cúmplase, PCL