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11001031500020230040900Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2023-01-30

Radicación interna: 614 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Roberto Augusto Serrato Valdes

Actor: Javier Antonio Herrera Osorio·Demandado: Juzgado Treinta Administrativo Del Circuito De Medellin

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D. C., dos (2) de febrero de dos mil veintitrés (2023) Referencia ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-00409-00 Accionante: JAVIER ANTONIO HERRERA OSORIO Accionado: JUZGADO TREINTA ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN Auto de mejor proveer Encontrándose este Despacho pendiente de pronunciarse respecto de la admisión de la acción de tutela presentada, por conducto de apoderado judicial, por el ciudadano Javier Antonio Herrera Osorio, se estima necesario proferir un auto de mejor proveer en el caso de la referencia, en atención a que el extremo accionante, aunque en su escrito de amparo hace referencia a que el Tribunal Administrativo de Antioquia “erró” al confirmar la providencia del Juzgado Treinta Administrativo del Circuito de Medellín, lo cierto es que no indicó expresamente si dicha Corporación judicial integra el extremo accionado en este proceso.

Por lo anterior, se requerirá al abogado del accionante para que precise si la presente solicitud de amparo se dirige únicamente en contra del Juzgado Treinta Administrativo del Circuito de Medellín o, adicionalmente, en contra del Tribunal Administrativo de Antioquia. En este último evento deberá allegar poder especial que así lo faculte.

Así las cosas, el Despacho dispone: REQUERIR al abogado del accionante para que, en el término de tres (3) días siguientes a la notificación de esta providencia, informe lo aquí indicado.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) ROBERTO AUGUSTO SERRATO VALDÉS Consejero de Estado P:(18)