Micelio
11001031500020220135200Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2022-02-25

Radicación interna: 1913 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Nubia Margoth Peña Garzon

Actor: Jose Leon Diazgranados Camargo·Demandado: Consejo De Estado Seccion Segunda Subseccion B

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO AMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., primero (1o.) de marzo de dos mil veintidós (2022) Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-01352-00 Referencia: Acción de tutela Actor: JOSÉ LEÓN DIAZGRANADOS CAMARGO Asunto: Admite demanda AUTO INTERLOCUTORIO Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por el señor JOSÉ LEÓN DIAZGRANADOS CAMARGO contra la SECCIÓN SEGUNDA -SUBSECCIÓN “B”- DEL CONSEJO DE ESTADO, su SECRETARÍA y la SECRETARÍA GENERAL, por estimar que le vulneraron sus derechos fundamentales de petición y al acceso a la administración de justicia, por cuanto no ha recibido una respuesta de fondo, clara y concreta a las solicitudes que les envió, vía electrónica, el 4 y 8 de febrero de 2022, en las que requirió certificación y/o constancia de la terminación del proceso dentro de la solicitud de extensión de jurisprudencia identificada con el número único de radicación 2016-01137-00.

En consecuencia, se dispone: a): Notifíquese al señor Secretario General y al Secretario y magistrados de la Sección Segunda -Subsección “B”- del Consejo de Estado. Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien 1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política". 2 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-01352-00 Actor: JOSÉ LEÓN DIAZGRANADOS CAMARGO Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co b): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que les corresponda en derecho, los documentos aportados por el actor con la solicitud de tutela. c): Ofíciese a la Sección Segunda -Subsección “B”- del Consejo de Estado, a su Secretaría y a la Secretaría General, para que informen, en el término de la distancia, sobre el trámite impartido a las solicitudes presentadas por el actor, vía electrónica el 4 y 8 de febrero de 2022. d): Ofíciese a la Secretaría de la Sección Segunda -Subsección “B”- del Consejo de Estado, para que remita, en el término de la distancia, con destino al proceso de la referencia, copia física o digital del expediente identificado con el número único de radicación 2016-01137-00, contentivo de la solicitud de extensión de jurisprudencia promovida por el actor contra la NACIÓN - RAMA JUDICIAL - DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL, al correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera