Expediente nro.: 11001-03-24-000-2020-00414-00 Demandante: Miguel Ángel Tajan de Ávila CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., veintidós (22) de septiembre de dos mil veintidós (2022) Referencia: Medio de control de nulidad Radicación: 11001-03-24-000-2020-00414-00 Demandante: Miguel Ángel Tajan de Ávila Demandado: Nación – Presidencia de la República y otros AUTO QUE DA RESPUESTA A SOLICITUD DE IMPULSO PROCESAL El demandante mediante memoriales de 23 de mayo y 15 de septiembre de 20221, presentó solicitud de impulso de la medida cautelar de suspensión provisional solicitada dentro del proceso de la referencia. En ese sentido, se le informa a la parte que la demanda presentada en ejercicio del medio de control de nulidad identificada con radicación nro. 11001-03-24-000-2020-00414-00, fue admitida mediante auto de 1º de junio de 20212; asimismo, mediante auto separado se corrió traslado de la medida cautelar a las entidades demandadas3.
Cumplidas las órdenes dictadas en el auto admisorio de la demanda y de traslado de la medida cautelar, el expediente regresó en su totalidad al Despacho para continuar su trámite el 6 de septiembre de 20214; valga poner de presente que a este se encuentran asignados también 1417 procesos vigente, 1028 ordinarios iniciados en vigencia del CPACA, 228 ordinarios iniciados con el Código Contencioso Administrativo CCA, y 159 acciones especiales, frente a las que se avanza en el estudio y trámite conforme a su reparto e ingreso.
En razón a lo anterior, el Despacho avanza en el estudio y trámite de las demandas y procesos conforme a su reparto e ingreso. En el caso concreto, el proceso se encuentra en estudio por parte del Despacho de la procedencia o no de la medida cautelar solicitada.
NOTIFÍQUESE, OSWALDO GIRALDO LÓPEZ Consejero de Estado 1 Índices nro. 25 y 26 del expediente electrónico. 2 Índice nro. 7 del expediente electrónico. 3 Índice nro. 6 del expediente electrónico. 4 Índice nro. 24 del expediente electrónico. Expediente nro.: 11001-03-24-000-2020-00414-00 Demandante: Miguel Ángel Tajan de Ávila Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2 CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI.
En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.