Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: Fredy Ibarra Martínez Radicación número: 25000-23-36-000-2019-00449-01 (68.734) Demandante: Rafael Vélez Libreros y otros Demandado: Nación – Fiscalía General de la Nación Referencia: Medio de control de reparación directa Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata Comparto la decisión adoptada en la Sala1, toda vez que, en este caso, debía declararse la responsabilidad de la Fiscalía General de la Nación. Sin embargo, la sentencia de la referencia no identifica con claridad el daño alegado.
En efecto, en el capítulo de objeto de la controversia, solo se indica que en la demanda se controvirtió, de un lado, el inicio del trámite de extinción de dominio (“error judicial) y, de otro, el sometimiento de los bienes a medidas cautelares dentro del procedimiento, por un lapso prolongado (“defectuoso funcionamiento de la administración de justicia”), sin que las anteriores irregularidades o cuestionamientos puedan considerarse como el daño alegado.
Es por ello que estimo que la sentencia da un salto argumentativo, al abstenerse de exponer con claridad que el daño alegado estaba realmente demostrado y tenía la condición de antijurídico, para pasar inmediatamente a revisar si la fiscalía incurrió o no en un error judicial o en un defectuoso funcionamiento de la administración de justicia. Lo anterior influye también en el estudio de los perjuicios, dado que, en ocasiones, no pareciera existir coherencia entre el daño y sus consecuencias.
Al aceptar la configuración de un daño, dentro del cual se afectaron materialmente bienes de su propiedad, lo cierto es que no se probaron los perjuicios reclamados, es decir, alguna aminoración o un menoscabo concreto de su patrimonio: precisamente, los demandantes mantuvieron la tenencia de dichos bienes y tampoco se demostró que se hubiera frustrado alguna posibilidad de negocio seria sobre los mismos. 1 Sentencia de 24 de octubre de 2023.
Radicado: 25000-23-36-000-2019-00449-01 (68.734) Demandante: Rafael Vélez Libreros y otros Demandado: Nación – Fiscalía General de la Nación Referencia: Medio de control de reparación directa Asunto: Aclaración de voto _______________________________________________ 2 de 2 Además, al proceso solo se aportaron algunas resoluciones y piezas del trámite de extinción, por lo que no fue posible advertir los efectos concretos de esa actuación judicial en sus derechos, y los testimonios practicados tampoco fueron precisos en identificar la naturaleza e intensidad de los perjuicios afrontados por aquellos.
Por lo anterior, si bien considero que debía declararse la responsabilidad de la Fiscalía General de la Nación, al demostrarse el daño alegado en la demanda y constatarse la existencia de un error judicial, no era necesario acceder al reconocimiento de los perjuicios solicitados, debido a que no se demostró su causación. Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA Magistrado