Micelio
11001031500020220213500Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección A)Auto interlocutorio2022-04-08

Radicación interna: 3281 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Gabriel Valbuena Hernandez

Actor: Mariela Prieto Vaca·Demandado: Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Segunda Subseccion C, Juzgado Segundo Administrativo De Girardot

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D.C., veintiuno (21) de abril de dos mil veintidós (2022) Radicado: 11001-03-15-000-2022-02135-00 Accionante: MARIELA PRIETO VACA Accionado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN C Y OTRO AUTO QUE ADMITE Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por la señora Mariela Prieto Vaca, quien actúa por conducto de apoderada, en contra del Juzgado Segundo Administrativo de Girardot y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección C, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, con ocasión de la expedición de las providencias del 3 de febrero y 20 de octubre de 2021, respectivamente, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho radicado con el N.º 25307-33-40-002-2016-00355-00/01.

TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.

NOTIFÍQUESE al Juzgado Segundo Administrativo de Girardot y al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección C como accionados y a la Universidad de ACC IÓN D E TUT EL A Radicado: 11001-03-15-000-2022-02135-00 Accionante: Mariela Prieto Vaca w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia Cundinamarca como tercero interesado en las resultas del proceso.

Asimismo,

NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso. REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la presente providencia. REQUIÉRASE al Juzgado Segundo Administrativo de Girardot para que allegue, en medio magnético, copia del expediente de nulidad y restablecimiento del derecho radicado con el N.º 25307-33-40-002-2016-00355-00/01, donde figura como demandante la señora Mariela Prieto Vaca.

SE RECONOCE PERSONERÍA a la abogada Olga Lucía Giraldo Durán, portadora de la T.P. 69.888 el Consejo Superior de la Judicatura, como apoderada de la demandante, en los términos y para los fines descritos en el poder aportado con la demanda.

NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE Firmado electrónicamente GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consejero de Estado