Micelio
11001031500020230101300Consejo de Estado · Sala Consulta y Servicio CivilAuto interlocutorio2023-02-24

Radicación interna: 1484 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Rafael Francisco Suárez Vargas

Actor: Corporacion Autonoma Regional Para El Desarrollo Sotenible Del Choco - Codechoco·Demandado: Tribunal Administrativo Del Choco Y Otro

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A Bogotá D. C., siete (7) de marzo de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001 03 15 000 2023 01013 00 Accionante: Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó —CODECHOCÓ— Accionado: Tribunal Administrativo de Chocó Derechos: Debido proceso, acceso a la administración de justicia AUTO Por reunir los requisitos legales, se admite la acción de tutela de la referencia y se dispone lo siguiente: Primero. Notificar, como demandados, a los magistrados del Tribunal Administrativo de Chocó, quienes conocieron del medio de control de cumplimiento que se tramitó con el radicado 27001 33 33 002 2019 00111 00 [01] que da origen al presente trámite constitucional.

Segundo. Notificar, como tercero interesado en las resultas de este proceso al municipio de Medio Baudó, al haber actuado como demandado dentro del medio de control de cumplimiento que se tramitó con el radicado 27001 33 33 002 2019 00111 00 [01]. Tercero. Comisionar al Juzgado 2 Administrativo del Circuito de Quibdó para que, de acuerdo con la información que reposa en el expediente, notifique del presente trámite constitucional a todas las personas que intervinieron dentro del medio de control de cumplimiento que se tramitó con el radicado 27001 33 33 002 2019 00111 00 [01]; exceptuando a la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó —CODECHOCÓ— y al municipio de Medio Baudó. 2 Radicado: 11001 03 15 000 2023 00700 00 Accionante: Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó —CODECHOCÓ— Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Las personas a notificar serán vinculadas como terceros interesados en las resultas de este proceso y las copias de las constancias de notificación derivadas de esta comisión deberán ser enviadas con destino a este despacho y expediente.

Cuarto. Requerir al Juzgado 2 Administrativo del Circuito de Quibdó, para que envíe, con destino a este despacho, copia digital del expediente del medio de control de cumplimiento que se tramitó con el radicado 27001 33 33 002 2019 00111 00 [01], en el que actuaron, en calidad de demandante, la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó —CODECHOCÓ—, y como demandado el municipio de Medio Baudó. Quinto. Reconocer personería jurídica para actuar dentro de este proceso al abogado, señor Yuri Yesid Peña Valencia, según poder otorgado por la directora de —CODECHOCÓ—, y representante legal, señora Yurisa Alexandra Trujillo Mosquera, de acuerdo con la Resolución 0100 del 19 de febrero de 2015, y documentación contenida en el expediente digitalizado de la referencia. Sexto. Remitir copia de la solicitud de tutela a los demandados y a los terceros interesados, para que procedan a ejercer su derecho de defensa, si a bien lo tienen, y rindan el respectivo informe dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la presente providencia. Notifíquese y cúmplase GGGJ