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11001031500020220174700Consejo de Estado · Sección CuartaAuto interlocutorio2022-03-17

Radicación interna: 2610 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Milton Chaves Garcia

Actor: Abraham Bustillo Naranjo·Demandado: Tribunal Administrativo Del Atlantico

Radicado: 11001-03-15-000-2022-01747-00 Demandante: Abraham Bustillo Naranjo. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: MILTON CHAVES GARCÍA Bogotá D.C., veintidós (22) de marzo de dos mil veintidós (2022) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-01747-00 Demandante: ABRAHAM BUSTILLO NARANJO Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL ATLÁNTICO AUTO – ADMITE Por reunir los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 1° del Decreto 1382 de 2000, se dispone: 1.

Admitir la demanda interpuesta, mediante apoderado, por el señor Abraham Bustillo Naranjo contra el Tribunal Administrativo del Atlántico. 2. Notificar el presente auto al demandante, al demandado, al Juzgado Cuarto Administrativo Oral de Barranquilla y a la Registraduría Nacional del Estado Civil, como terceros interesados en el resultado del proceso a quienes se les remitirá copia de la demanda.

Así mismo, Publicar en la página web del Consejo de Estado esta providencia para el conocimiento de todos los terceros interesados. 3. Notificar a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 610 del Código General del Proceso. La notificación se deberá hacer por vía electrónica y por buzón, de manera que no se enviará documento alguno en papel.

Informar que el expediente queda a su disposición por si desea revisarlo. 4. Informar al demandado y al tercero con interés que en el término de dos (2) días y por el medio más expedito pueden rendir informe sobre los hechos objeto de la presente acción. Los escritos se pueden presentar al correo secgeneral@consejodeestado.gov.co 5.

Oficiar al Tribunal Administrativo del Atlántico, para que en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación del presente auto, allegue copia a través de medio magnético, del proceso de nulidad electoral con radicado 08001-33-33-004-2020-00145-01, demandante: Abraham Bustillos Naranjo. Al correo secgeneral@consejodeestado.gov.co 6.

Requerir a la parte accionante para que allegue todas las piezas procesales que sustenten su petición al correo: secgeneral@consejodeestado.gov.co Radicado: 11001-03-15-000-2022-01747-00 Demandante: Abraham Bustillo Naranjo. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente.

Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador 2 7. Suspender los términos de la presente acción de tutela hasta que se allegue copia del expediente solicitado. 8. Reconocer personería al abogado Idelfonso González Gómez, como apoderado del actor, conforme al poder allegado.

Notifíquese y cúmplase, (Con firma electrónica) MILTON CHAVES GARCÍA