REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Bogotá DC, siete (7) de septiembre de dos mil veintitrés (2023). Magistrado ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA Expediente: 41001-23-31-000-2006-00981-01 (53.830) Actor: JOHN HAROLD GARCÍA GAULY Y OTROS Demandado: NACIÓN – MINISTERIO DE DEFENSA – EJÉRCITO NACIONAL Medio de control: REPARACIÓN DIRECTA – CCA SALVAMENTO PARCIAL DE VOTO Como lo manifesté en el curso de la discusión del asunto, respetuosamente manifiesto mi disenso frente a la decisión adoptada por la mayoría de la Sala de acceder a la corrección de la sentencia de segunda instancia en relación con el nombre de los demandantes Leonidas Gauly, Rosalía Peña, María Elisa García Chala, Aminta Gauly Peña y Yuly Andrea Gauly, para precisar que la sentencia debía pagarse a “Leonidas Guali Osso”, “Rosalía Peña de Guali”, “María Elisa García de Esquivel”, “Aminta Gualy Peña” y “Yuly Andrea Gualy”, por razón de que fue adoptada con base en documentos que fueron aportados durante el trámite de la solicitud de corrección y no en la etapa procesal correspondiente.
Considero que el estudio de la solicitud debió hacerse exclusivamente con base en los registros civiles de nacimiento y en las notas de presentación personal del poder que ya obraban en el expediente, sin consideración de las cédulas de ciudadanía que fueron aportadas con posterioridad al cierre de la etapa probatoria, pues, ello desconoce el derecho de defensa y contradicción que le asiste a la contraparte.
FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado (Firmado electrónicamente) Constancia: la presente aclaración de voto fue firmada electrónicamente por el magistrado en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la Ley 2213 de 2022.