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11001031500020220058700Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección A)Auto interlocutorio2022-01-24

Radicación interna: 742 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Maria Adriana Marin

Actor: Johanna Rocha Gonzalez·Demandado: Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Segunda Subseccion F

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A CONSEJERA PONENTE: MARÍA ADRIANA MARÍN Bogotá D.C., primero (1º) de febrero de dos mil veintidós (2022) Radicación número: 11001-03-15-000-2022-00587-00 Actor: JOHANNA ROCHA GONZÁLEZ Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN F Referencia: AUTO QUE ADMITE ACCIÓN DE TUTELA Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:

PRIMERO. Admitir la tutela presentada por la señora Johanna Rocha González, contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección F, con el objeto de que se amparen sus derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia.

SEGUNDO. En calidad de parte demandada, notifíquese a los magistrados que integran la Subsección F de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Entrégueseles copia de la demanda y de los anexos, a fin de que, dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de la presente providencia, rindan el informe que corresponda y alleguen las pruebas que pretendan hacer valer.

El Despacho considera que no es necesario vincular al Juzgado 53 Administrativo de Bogotá, toda vez que la demanda de tutela se dirige únicamente contra la Subsección F de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

TERCERO. En calidad de tercero con interés, notifíquese al presidente de la sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario (administradora del PAR ISS), toda vez que la entidad que representa intervino en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado 11001333501920130067901. Entréguesele copia de la demanda y de los anexos, a fin de que, si a bien lo tiene, dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de la presente providencia, rinda el informe respectivo.

Radicación número: 11001-03-15-000-2022-00587-00 Actor: Johanna Rocha González Demandado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección F CUARTO. Notifíquese a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 610 del Código General del Proceso. Para practicar dicha notificación, se remitirá mensaje al buzón de correo electrónico de la entidad, informándole que el expediente queda a su disposición, por si desea revisarlo e intervenir.

QUINTO. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.

SEXTO. Solicítese a la Secretaría del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección F, que remita, en medio magnético, el expediente contentivo del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado 11001333501920130067901, demandante: Johanna Rocha González, demandado: Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario (Administradora del PAR ISS).

SÉPTIMO. Reconocer al abogado John Fredy Álvarez Camargo, como apoderado judicial de la parte accionante, en los términos del poder que obra en el expediente digital. Se deja constancia de que esta providencia se firma en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el siguiente enlace: https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.aspx.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente MARÍA ADRIANA MARÍN