Micelio
11001031500020230367600Consejo de Estado · Sección CuartaAuto interlocutorio2023-07-06

Radicación interna: 5684 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Wilson Ramos Giron

Actor: Brayan Camilo Vargas Rodriguez·Demandado: Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Segunda Subseccion B Y Otro

Expediente: 11001-03-15-000-2023-03676-00 Demandante: Brayan Camilo Vargas Rodríguez Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: WILSON RAMOS GIRÓN Bogotá D.C., 11 de julio de 2023 Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-03676-00 Demandante: Brayan Camilo Vargas Rodríguez Demandado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección B, y otro Asunto: Auto que inadmite demanda de tutela Visto el expediente, el Despacho advierte que el abogado William Alberto Ortiz Mejía no aportó poder especial para acreditar la condición en la que actúa. De hecho, ninguna de las pruebas que se relacionaron en el escrito de tutela como aportadas, entre ellas el poder especial, fue anexada.

Por lo tanto, el abogado Ortiz Mejía deberá aportar el poder especial que lo faculte para ejercer la acción de tutela como apoderado del señor Brayan Camilo Vargas Rodríguez. En consecuencia, el Despacho

RESUELVE

1. Inadmitir la demanda de tutela presentada por el señor William Alberto Ortiz Mejía que aduce actuar en calidad de apoderado del señor Brayan Camilo Vargas Rodríguez. 2. Ordenar al abogado William Alberto Ortiz Mejía, que, en el término de 3 días, contados a partir de la notificación de esta providencia, subsane la demanda en el sentido de aportar el poder especial que lo faculte para ejercer la acción de tutela como apoderado del señor Brayan Camilo Vargas Rodríguez.

Si la demanda no se subsana en el plazo aquí señalado, será rechazada, en los términos del artículo 17 del Decreto 2591 de 1991. Las comunicaciones, oficios, memoriales, escritos, pruebas documentales y demás que se presenten en este trámite judicial, se recibirán en la siguiente cuenta de correo electrónico del Consejo de Estado: secgeneral@consejodeestado.gov.co Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) WILSON RAMOS GIRÓN